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Intentada la notificación personal, sin haber podido realizar la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica al interesado que se indica que, examinada la documentación aportada en el expediente de asistencia jurídica gratuita de referencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, se ha observado que la misma es insuficiente, por lo que se advierte al mismo que transcurridos diez días a partir de la publicación del presente anuncio sin que subsane con la aportación de los documentos exigidos y cuya relación se encuentra a su disposición en la Secretaría de la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita, sita en C/ Canónigo Molina Alonso, núm. 8, planta 2.ª, de Almería, a efectos de su conocimiento y ejercicio de los derechos que le asisten, la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita procederá al archivo de la correspondiente solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015.
Expte.: 01201717651.
Nombre y apellidos: Miguel Sánchez Martín.
Último domicilio: C/ Guadalupe, 23, 04740 Roquetas de Mar (Almería).
Almería, 9 de mayo de 2018.- La Delegada del Gobierno, Gracia Fernández Moya.
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