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Intentada la notificación personal, sin haber podido realizar la misma, de conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a los interesados que se indican resolución de desistimiento o que, examinado el expediente de inscripción, se ha observado que la documentación aportada es insuficiente o defectuosa. Lo que se notifica, para que en el plazo de diez días subsanen los defectos apreciados y presenten la documentación pertinente, por duplicado, en esta Delegación Territorial de todo ello con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía aprobado por Decreto 152/2002, de 21 de mayo.
EXPEDIENTE | INTERESADO | LOCALIDAD | ASUNTO |
Al-9430 | ASOCIACIÓN GEA DE MUJERES SOCIAS COOPERATIVISTAS AGROALIMENTARIAS DE ALMERIA | CAÑADA DE SAN URBANO (Almería) | Requerimiento subsanación modificación estatutaria |
Al-1448 | ASOCIACIÓN CULTURAL Y RECREATIVA ROMEROS VIRGEN DEL MAR | ALMERIA | Requerimiento subsanación modificación Junta Directiva |
Al-5914 | ASOCIACIÓN SOCIEDAD ORNITOLOGICA CIUDAD DE DALIAS | DALIAS (Almería) | Requerimiento subsanación modificación Junta Directiva |
AL-9411 | ASOCIACIÓN BOLIVIANA PARA LA INTEGRACIÓN | ALMERIA | Requerimiento subsanación modificación estatutaria |
AL-7102 | ASOCIACIÓN PEÑA FRENTE KOLOKON | ADRA (Almería) | Requerimiento subsanación procedimiento disolución |
Almería, 9 de abril de 2019.- El Delegado, José Luis Delgado Valdivia.
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