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El Foro Andaluz de la Inmigración regulado en el Decreto 55/2001, de 26 de febrero, tiene como objeto establecer un cauce de participación y debate de todos los agentes sociales implicados en el fenómeno de la inmigración, para promover la integración social de las personas de origen inmigrante residentes en Andalucía. Para dar cumplimiento a este objetivo, resulta imprescindible avalar con una amplia representación a los sectores que intervienen en los procesos de integración de este sector de la población.
Con este propósito, en el artículo 7 del Decreto 55/2001, de 26 de febrero, se regulan las vocalías del Foro, señalando que deberán formar parte del mismo diez representantes de entidades sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines la integración y la promoción de los inmigrantes en los distintos ámbitos de la sociedad, cinco de ellos pertenecientes a entidades de inmigrantes y cinco de entidades pro inmigrantes, y que las entidades representadas serán seleccionadas con criterios objetivos, mediante convocatoria pública entre entidades sin fines lucrativos, legalmente constituidas.
La composición del Foro respetará la representación equilibrada de mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En el artículo 11 del Decreto 55/2001, de 26 de febrero, se establece que la duración del mandato de las vocalías no pertenecientes a la Administración Pública será de cuatro años a partir del día siguiente a la fecha de su nombramiento.
De conformidad con lo anterior, mediante Orden de 27 de febrero de 2013, se designaron a las entidades de inmigrantes y entidades de pro inmigrantes como miembros del Foro Andaluz de la inmigración, nombrándose a las vocalías representantes de dichas organizaciones sociales mediante Orden de 27 de junio de 2013, de la entonces Consejería de Justicia e Interior, por la que se nombran vocales del Foro Andaluz de la Inmigración.
Habida cuenta del tiempo transcurrido y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 30 de octubre de 2012, por la que se regula el proceso de selección de los vocales del Foro Andaluz de la Inmigración en representación de las entidades de inmigrantes y de las entidades pro inmigrantes que desarrollan su labor en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, se efectúa su convocatoria para un nuevo mandato mediante la Orden de 7 de noviembre de 2017, que abrió un nuevo proceso selectivo para la designación de los referidos vocales del Foro Andaluz de la Inmigración.
La Comisión de Valoración examinó y verificó todas las solicitudes presentadas para participar en dicho proceso, al objeto de determinar la puntuación conforme a los criterios establecidos en la citada Orden de 30 de octubre de 2012. Todas las solicitudes fueron admitidas a trámite, excepto la presentada por la entidad «SAFARMED», que fue presentada fuera del plazo establecido en el punto 2 del apartado primero de la Orden de 7 de noviembre de 2017.
La relación de entidades propuestas con la puntuación final alcanzada han estado expuestas en el tablón de anuncios de la página web de la Consejería de Justicia e Interior desde el día 27 de julio de 2018. No se han producido alegaciones y se han recibido las aceptaciones de las entidades seleccionadas.
Recibida la propuesta de entidades seleccionadas, formulada por la Comisión de Valoración, tal como establecen las bases del proceso de selección, procede a designar las entidades propuestas, por lo que en el uso de las facultades que me confiere el artículo 8.3 de la Orden de 30 de octubre de 2012, en relación con el artículo 15.c) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se aprueba la estructuran orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local
DISPONGO
Primero. Designación de entidades.
Se designan como miembros del Foro Andaluz de la Inmigración a las siguientes entidades de inmigrantes y pro inmigrantes:
Entidades de inmigrantes:
- Asociación, Cooperación desarrollo con el Norte de África (CODENAF).
- Federación de Inmigrantes de la Unión Europea (FORUM).
- Asociación Marroquí para la integración de inmigrantes.
- Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur(FECONS).
- Asociación Mujeres entre Mundos.
Entidades pro inmigrantes:
- Fundación CEPAIM.
- Cruz Roja Andalucía.
- Federación Andalucía Acoge.
- Asociación Comisión Católica Española de Migraciones (ACCEM).
- Fundación PROLIBERTAS.
Segundo. Propuesta para el nombramiento de vocales.
Las entidades designadas deberán proponer los nombres de las personas que las representarán en calidad de titular y suplente para proceder al nombramiento como vocales del referido Foro, debiendo respetar la composición de género que permita la representación equilibrada.
Tercero. La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, y potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de mayo de 2019
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO | |
Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local |