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Advertido errores materiales en los Anexos I y II de la Resolución de 17 de abril de 2019, de la Dirección General de Administración Local, por la que se publican las bases del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (publicada en BOJA núm. 79, de 26 de abril de 2019), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se proceden a rectificar en la manera que sigue:
Primero. En el Anexo I –relación de vacantes en la referencia al puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Guaro (Málaga) (página 126 del BOJA núm. 79, de 26 de abril de 2019),
Donde dice:
«Málaga / (Ayuntamiento) Guaro *(Requerida).»
Debe decir:
«Málaga / (Ayuntamiento) Guaro.»
Segundo. En el Anexo II –bases específicas que rigen las convocatorias, en la convocatoria del puesto de Viceintervención, Clase 2.ª, del Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) (páginas 148-149 del BOJA núm. 79, de 26 de abril de 2019), se debe corregir su número 2 referido a Méritos Específicos y Acreditación, de manera que
Donde dice:
«2. Méritos específicos y acreditación (hasta un máximo de 1,5 puntos):
Por haber desempeñado puestos de trabajo como Interventor en un municipio que haya asumido la gestión directa de un Palacio de Congresos a partir de 2017 al resultar necesaria la adaptación de su forma de licitación a la vigente Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 0,25 puntos por mes.
Los méritos específicos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente certificado donde quede acreditada fehacientemente la experiencia en el concreto puesto de trabajo.»
Debe decir:
«2. Méritos específicos y acreditación (hasta un máximo de 1,5 puntos):
Experiencia en puestos de Intervención o de colaboración con la Intervención en municipios con presupuesto superior a 90 millones de euros con un sector público compuesto por, al menos, dos Organismos Autónomos y seis Sociedades Mercantiles, a razón de 0,15 puntos por mes trabajado.
Los méritos específicos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente certificado donde quede acreditada fehacientemente la experiencia en el concreto puesto de trabajo.»
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