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NIG: 4109142120180038202.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1020/2018. Negociado: 05.
Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).
De: Caixabank.
Procurador Sr.: Mauricio Gordillo Alcalá.
Letradoa Sra.: María José Cabezas Urbano.
Contra: Ignorados ocupantes Avenida Las Letanías, 7, 1 B, de Sevilla, y Ana Cristina Texeira Cardoso.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1020/2018 seguido a instancia de Caixabank frente a Ignorados Ocupantes Avenida Las Letanías, 7, 1 B, de Sevilla, y Ana Cristina Texeira Cardoso se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 214/2018
En la Ciudad de Sevilla, 10 de septiembre de 2018.
Vistos por el Ilmo. Sr. don Francisco Berjano Arenado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de esta Ciudad, los presentes autos de juicio verbal de desahucio por precario seguidos con el núm. 1.020/18 entre partes, de la una, como demandante, la Entidad Caixabank, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales don Mauricio Gordillo Alcalá y defendida por la Letrada doña María José Cabezas Urbano, contra los ignorados ocupantes de la finca sita en Sevilla, Avda. Las Letanías núm. 7, p.1, Po. B, de Sevilla, y contra doña Ana Cristina Texeira Cardoso.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Entidad Caixbank, S.A., contra los ignorados ocupantes de la Finca sita en el núm. 7 de la Avda. Las Letanías, P.1, Po. B de Sevilla, y de doña Ana Cristina Texeira Cardoso, debo declarar y declaro el desahucio de éstos, condenándolos a dejar libre y expedita la finca referida, propiedad de la actora, al disfrutarlo aquéllos en situación de precario, y todo ello con imposición de las costas a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma Audiencia Provincial en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente, debiendo ser interpuesto ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial.
No obstante, para admitir a trámite el referido recurso el recurrente deberá efectuar un depósito previo de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Ignorados Ocupantes Avenida Las Letanías, 7, 1 B, de Sevilla, y Ana Cristina Texeira Cardoso, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a veintisiete de marzo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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