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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 236/2018. Negociado: 2I.
NIG: 4109144420180002542.
De: Doña María Isabel Toledano Labrador.
Abogado: Don Rafael Mena Peinado.
Contra: Café Bar 20 Pak.
EDICTO
Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 236/2018, a instancia de la parte actora doña María Isabel Toledano Labrador contra Café Bar 20 Pak sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
F A L L O
Que estimando la demanda presentada en materia de despido por doña María Isabel Toledano Labrador contra la empresa «Café Bar 20 Pak» debo declarar y declaro la improcedencia del despido de doña María Isabel Toledano Labrador efectuado por «Café Bar 20 Pak» condenando a la demandada a que su elección, debiendo efectuar la opción en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución, los readmita en su puesto de trabajo o lo indemnicen en la suma de 165,66 euros más los salarios de tramitación que pudieran proceder.
Que estimando la demanda presentada en materia de reclamación de cantidad por doña María Isabel Toledano Labrador contra la empresa «Café Bar 20 Pak» debo condenar y condeno a «Café Bar 20 Pak» a que abone a la actora la suma de 1.033,28 euros.
No se hace especial pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Café Bar 20 Pak actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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