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El Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por el Decreto 10/2003, de 28 de enero (en adelante el Reglamento), dispone en el Capítulo IV, regulador de la publicidad y expedición de entradas y localidades, las condiciones y requisitos que rigen la venta comisionada o reventa de entradas o localidades.
El artículo 21.2 del Reglamento establece que la venta comisionada o reventa de entradas o localidades estará sujeta a la presentación de declaración responsable ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de la provincia correspondiente y que la persona física o jurídica que pretenda realizar la venta comisionada o reventa de entradas o localidades deberá presentar la declaración responsable con antelación a la celebración del espectáculo público o al desarrollo de la actividad recreativa de que se trate o a la celebración o desarrollo de un ciclo de espectáculos públicos o actividades recreativas.
La presentación de la declaración responsable ante la correspondiente Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía permitirá a la persona física o jurídica que pretenda realizar la venta comisionada o reventa de entradas o localidades iniciar la actividad desde ese momento, sin perjuicio del control posterior que corresponda.
El Reglamento establece que la declaración responsable se ajustará al modelo que oportunamente se publique por la Consejería con competencias en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, en los términos previstos en el artículo 21.
El artículo 69.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas tendrán permanentemente publicados y actualizados modelos de declaración responsable, fácilmente accesibles a los interesados.
Se hace por ello necesario establecer un modelo normalizado para dicha declaración responsable.
En virtud de lo anterior y de las competencias atribuidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas por los artículos 1.e) y 7.2.a) del Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, esta Secretaría General
RESUELVE
Primero. Modelo de declaración responsable.
Se aprueba el modelo de declaración responsable para la venta comisionada o reventa de entradas o localidades que se incluye como anexo de la presente orden/resolución, y que estará disponible en la página web de la Consejería competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Esta declaración responsable deberá presentarse ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de la provincia donde se ubique el establecimiento público donde se vaya a celebrar el espectáculo público o desarrollar la actividad recreativa cuyas entradas o localidades van a ser objeto de venta comisionada o reventa, antes de la celebración del espectáculo público o del desarrollo de la actividad recreativa de que se trate, salvo que se programe la celebración o desarrollo de un ciclo de espectáculos públicos o actividades recreativas, en cuyo caso la declaración responsable se deberá presentar con antelación a la celebración o desarrollo del primero de ellos, así como cuando se produzcan modificaciones sustanciales de los datos aportados o el desistimiento de la actividad de venta comisionada o reventa de entradas o localidades ya declarada.
Segundo. Fecha de aplicación.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de mayo de 2019.- El Secretario General, Miguel Briones Artacho.
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