Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00157236.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4.b) de la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la anterior Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (BOJA núm. 114, de 13.6.2013), corresponde a esta Delegación Territorial disponer el cumplimiento de la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, en el recurso 90/2017, interpuesto por la entidad Asociación Empresas Aeronáuticas de Andalucía, correspondiente al expediente 04/2011/J/603, cuyo tenor literal es el siguiente:
FALLO
«Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Olga Elena Coca Alonso, en nombre y representación de la Asociación de Empresas Aeronáuticas de Andalucía, contra la inactividad de la solicitud de liquidación y pago de la cantidad pendiente por importe de 8.038,21 euros, así como los intereses de demora que se devenguen hasta que se proceda a su abono por la Administración. Se impone las costas a la demandada, con un límite máximo, por todos los conceptos, de mil euros (1.000 euros).»
Procede de conformidad con los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la ejecución de la citada Sentencia.
Almería, 6 de junio de 2019.- El Delegado, Emilio R. Ortiz López.
Descargar PDF