Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 17/06/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 4 de junio de 2019, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se delega en la persona titular de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de Autorización Ambiental Unificada del proyecto que se cita, en Granada y Almería.

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El Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, dispone en su artículo 7 que la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada cuando la actuación afecte a más de una provincia corresponde a la Dirección General competente en materia de prevención y control ambiental, salvo que delegue dicha competencia a una de las Delegaciones Territoriales afectadas.

Según el proyecto presentado por el promotor Red Eléctrica de España, para el «Proyecto de repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV simple circuito SE. Benahadux-SE. Órgiva», se localiza entre las provincias de Granada y Almería.

La modificación a realizar consiste en la elevación de los conductores mediante el recrecido de algunos de los apoyos existentes, por lo que no se modifican ni el trazado de la línea, ni la ubicación de los apoyos.

El total del trazado de la línea presenta una longitud de 110 Km y se va a actuar sobre 25 de los 193 apoyos de que constan los tramos de líneas estudiados. El trazado discurre íntegramente por la Comunidad Autónoma de Andalucía (provincias de Almería y Granada).

La actuación se encuentra incluida en la categoría 2.15 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, por lo que se encuentran sometidas a Autorización Ambiental Unificada.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 7 de diciembre de 2016, se presentó consulta de modificación no sustancial a esta Dirección General sobre el citado proyecto, en aplicación del artículo 27 de la Ley 7/2007, de 9 de julio.

Segundo. Mediante oficio de 23 de diciembre de 2016, se requirió a REE, para que aportase instrumento de prevención, o en su caso, titulo administrativo por la que se autorizó la línea. Con fecha 11 de enero de 2017 REE aportó la documentación solicitada.

Tercero. Mediante oficio de 8 de febrero de 2017, se remitió la documentación aportada por REE a las Delegaciones Territoriales afectadas y a la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos.

Cuarto. Mediante informe de fecha de recepción 5 de abril de 2017, la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos, informa que «A la vista de la información aportada, al desarrollarse parte de la actuación en los espacios protegidos Red Natura 2000 mencionados, no teniendo relación directa con su gestión y pudiendo afectar a valores naturales por los que fueron declarados ZEC, en concreto a los HIC, que son interceptados por la zona de obra o limitan o se encuentran próximos a las mismas, debería realizarse una adecuada evaluación de sus repercusiones en la Red Natura 2000, en los término que el órgano ambiental competente lo considere oportuno».

Quinto. En base a lo indicado en el punto anterior esta Dirección General emitió resolución de modificación sustancial del proyecto de referencia con fecha 12 de junio de 2017.

Sexto. Con fecha 18 de febrero de 2019, se recibe en esta Dirección General procedente de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, solicitud de la Autorización Ambiental Unificada de la modificación sustancial de la actuación.

Séptimo. Con fecha 14 de mayo de 2019, se emite por parte del Servicio de Prevención y Control Ambiental Propuesta de Resolución para la Delegación de competencias a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería la instrucción y resolución del procedimiento de la autorización ambiental unificada del «Proyecto de repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV simple circuito SE. Benahadux-SE. Órgiva», se localiza entre las provincias de Granada y Almería.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, entró en vigor el 20 de enero de 2008. Esta, en su artículo 27, establece las actuaciones, tanto públicas como privadas, que deberán someterse a Autorización Ambiental Unificada.

Segundo. Las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica del proyecto se encuentran contemplada en el punto 2.15 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, por lo que se encuentran sometidas a autorización ambiental unificada.

Tercero. De conformidad con el artículo 29 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, la tramitación y resolución del procedimiento para la obtención de la Autorización Ambiental Unificada corresponde a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

Cuarto. Esta Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, en aplicación del artículo 7.2 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, entiende que, dado que la mayor parte de la instalación se encuentra en la provincia de Almería y la posible afección a espacios protegidos de la Red Natura 2000, que motivó la consideración como sustancial de la modificación, afecta exclusivamente a dicha provincia, procede realizar la delegación de la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de Autorización Ambiental Unificada de la actuación arriba referenciada, en la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería.

Quinto. Por ello, teniendo en cuenta el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto 6/2019, de 11 de febrero, el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y correspondiendo a esta Consejería el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Medio Ambiente, de conformidad con el artículo 7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, y del artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático

RESUELVE

Primero. Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería, la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada de la actuación titulada «Proyecto de repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV simple circuito SE. Benahadux-SE. Órgiva, en Granada y Almería», promovido por Red Eléctrica de España.

Segundo. La persona titular de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático podrá en cualquier momento, mediante resolución motivada, avocar la competencia delegada en esta resolución.

Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. La delegación prevista en la presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de junio de 2019.- La Directora General, Susana Magro Andrade.

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