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BDNS: 460848 460849.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se efectúa, para el curso escolar 2018/2019, la convocatoria de ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, para:
- Compensar al alumnado, que cursa enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos y que realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo, de los gastos de desplazamiento para la asistencia a empresas o entidades, públicas o privadas, situadas a más de 5 km del centro docente en el que se encuentra matriculado, prevista en la línea de subvención 1 de la Orden de 2 de marzo de 2017. Para aquellos alumnos y alumnas matriculados en enseñanzas de formación profesional en la modalidad a distancia, se considera como centro en el que está matriculado aquel en el que realizó las últimas pruebas presenciales.
- Compensar al alumnado, que cursa enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos, de los gastos de desplazamiento para la asistencia a empresas o entidades, públicas o privadas, situadas a más de 5 km del centro docente en el que se encuentra desarrollando un proyecto de FP dual, prevista en la línea de subvención 2 de la Orden de 2 de marzo de 2017.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar las ayudas las alumnas y los alumnos que cumplan los requisitos del apartado 4.a) 2.º del cuadro resumen de la línea de subvención 1, para aquellos que realicen el módulo de formación en centros de trabajo, y los requisitos del apartado 4.a) 2.º del cuadro resumen de la línea de subvención 2, para aquellos que realicen la formación práctica de la formación profesional dual, todo ello conforme a la Orden de 2 de marzo de 2017.
Tercero. Objeto.
Regular la concesión de ayudas para compensar al alumnado que cursa enseñanzas de Formación Profesional Inicial sostenidas con fondos públicos de los gastos de desplazamiento para la asistencia a las empresas y entidades públicas o privadas, situadas a más de 5 km del centro docente en el que están desarrollando un módulo profesional de formación en centros de trabajo o un proyecto de FP Dual.
Cuarto. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realizan el módulo profesional de formación en centros de trabajo o la formación práctica en la formación profesional dual, por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.
Quinto. Importe.
1. La cuantía total máxima de la que se dispone en el marco de la presente convocatoria es de 1.500.000 euros para la línea de subvención 1 y de 500.000 euros para la línea de subvención 2, distribuidas de la siguiente forma:
Línea de subvención 1: Formación en centros de trabajo.
Almería | Cádiz | Córdoba | Granada | Huelva | Jaén | Málaga | Sevilla | |
1.º y 2.º trimestre (cuantía en euros) | 17.161 | 37.596 | 28.235 | 29.917 | 16.029 | 18.721 | 34.659 | 64.760 |
Núm. matriculados/as 1.º y 2.º trimestre | 561 | 1.229 | 923 | 978 | 524 | 612 | 1.133 | 2.117 |
3.º trimestre (cuantía en euros) | 91.802 | 194.280 | 133.711 | 146.926 | 82.472 | 95.410 | 188.682 | 319.639 |
Núm. matriculados/as 3.º trimestre | 3.001 | 6.351 | 4.371 | 4.803 | 2.696 | 3.119 | 6.168 | 10.449 |
TOTAL CUANTÍA POR PROVINCIA EN EUROS | 108.963 | 231.876 | 161.946 | 176.843 | 98.501 | 114.131 | 223.341 | 384.399 |
Línea de subvención 2: FP Dual
Almería | Cádiz | Córdoba | Granada | Huelva | Jaén | Málaga | Sevilla | |
Núm. matriculados/as | 221 | 1.020 | 1.016 | 821 | 355 | 499 | 886 | 1.351 |
TOTAL CUANTÍA POR PROVINCIA EN EUROS | 17.912 | 82.671 | 82.347 | 66.542 | 28.773 | 40.444 | 71.811 | 109.500 |
2. Dichas cuantías se imputarán a las siguientes partidas presupuestarias:
Provincia | Línea 1 (FCT) | Línea 2 (FP dual) |
Almería | 1200030000 G/42D/48500/04 01 | 1200160000 G/42D/48000/04 D1343118C1 |
Cádiz | 1200030000 G/42D/48500/11 01 | 1200160000 G/42D/48000/11 D1343118C1 |
Córdoba | 1200030000 G/42D/48500/14 01 | 1200160000 G/42D/48000/14 D1343118C1 |
Granada | 1200030000 G/42D/48500/18 01 | 1200160000 G/42D/48000/18 D1343118C1 |
Huelva | 1200030000 G/42D/48500/21 01 | 1200160000 G/42D/48000/21 D1343118C1 |
Jaén | 1200030000 G/42D/48500/23 01 | 1200160000 G/42D/48000/23 D1343118C1 |
Málaga | 1200030000 G/42D/48500/29 01 | 1200160000 G/42D/48000/29 D1343118C1 |
Sevilla | 1200030000 G/42D/48500/41 01 | 1200160000 G/42D/48000/41 D1343118C1 |
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas, tanto para la línea de subvención 1, como para la línea de subvención 2, será de diez días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de la convocatoria de las ayudas.
Séptimo. Otros datos.
Los demás datos necesarios para la presentación de las solicitudes de las ayudas figuran publicados en el BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 31 de mayo de 2019.- La Directora General de Formación Profesional. Fdo.: Paula C. Greciet Paredes.
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