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Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería en el procedimiento abreviado 225/2019, originado por recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Jonatan Martínez Muñoz, contra Resolución de 30.4.2018 que desestima recurso de reposición en expediente L1.1/214/2017 en materia de subvención de la Línea 1 Fomento de la Creación de Empresas de Trabajo Autónomo, medida de Fomento de las Iniciativas Emprendedoras regulada en la Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 2 de diciembre de 2016, se ordena a esta Delegación Territorial notificar la Resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional, esta Delegación Territorial
RESUELVE
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo en el Procedimiento Abreviado núm. 225/2019 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería. De conformidad con lo previsto en el artículo 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase a esa Sala copia del expediente L1.1/214/2017 precedida de un índice de los documentos que lo integran. Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse como demandados ante el Juzgado en legal forma, debiendo conferir su representación a un procurador y ser asistidas por abogado, o sólo con abogado, con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personasen oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Almería, 18 de junio de 2019.- El Delegado, Emilio R. Ortiz López.
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