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El Comité Ejecutivo del Consorcio, en sesión ordinaria celebrada el 9 de abril de 2019, ha adoptado los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar las Bases con sus anexos cuyo texto se adjunta y queda en el Expediente de la sesión debidamente diligenciado por el Secretario General y convocar un proceso de selección entre el personal de las Administraciones Públicas integrantes del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla para la cobertura con carácter temporal de un puesto de trabajo de Auxiliar, categoría IV, adscrito a la Dirección de Servicios Generales del citado Consorcio, en virtud de la modalidad de contratación laboral de duración determinada por sustitución de trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo.
Segundo. Publicar la presente convocatoria en la página web del Consorcio, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el de la Provincia de Sevilla y remitirla a las Administraciones consorciadas para su inserción en los correspondientes tablones de anuncios, a fin de darle la mayor difusión.
Tercero. En caso de que quedara desierto el proceso de selección (por no presentarse ningún candidato, o no reunir los requisitos exigidos), proveer la cobertura del puesto mediante llamamiento por orden de aspirantes que integran la Bolsa de Empleo de Auxiliar creada en virtud de Resolución de Presidencia núm. 8/2009, de 15 de enero.
BASES DEL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TEMPORAL DE UN PUESTO DE TRABAJO DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, PERSONAL LABORAL -GRUPO IV- CON DESTINO EN EL CONSORCIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO DEL ÁREA DE SEVILLA
Primera. Convocatoria.
Se convoca un proceso selectivo para la cobertura con carácter temporal de un puesto de trabajo, con la categoría de Auxiliar Administrativo (Grupo IV), personal laboral, con destino en el Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla, con sede en la ciudad de Sevilla.
Duración del contrato: La del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido en virtud de excedencia por cuidado de hijo.
Retribución bruta anual: 19.157,48 €.
Jornada en cómputo anual: 35 horas semanales.
Segunda. Participantes y requisitos para la participación.
Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario, de carrera o interino, así como el laboral con una relación preexistente de carácter fija, indefinida o temporal en alguna de las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla así como del Sector Público Andaluz (personal contemplado en las letras a), b) y c) del artículo 12.1 de la Ley 5/2017 de 5 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018), que se encuentre en servicio activo, siempre que reúna, alegue y acredite, en su caso, los requisitos mínimos exigidos en la siguientes bases, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla son: la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Sevilla y los Ayuntamientos de Albaida del Aljarafe, Alcalá de Guadaíra, Alcalá del Río, La Algaba, Almensilla, Aznalcázar, Aznalcóllar, Benacazón, Bollullos de la Mitación, Bormujos, Brenes, Camas, Carmona, Carrión de los Céspedes, Sevilla, Castilleja de Guzmán, Castilleja de la Cuesta, Castilleja del Campo, Coria del Río, Dos Hermanas, Espartinas, Gelves, Gerena, Gines, Guillena, Huévar del Aljarafe, Isla Mayor, Mairena del Alcor, Mairena del Aljarafe, Olivares, Los Palacios y Villafranca, Palomares del Río, Pilas, Puebla del Río, La Rinconada, Salteras, San Juan de Aznalfarache, Sanlúcar la Mayor, Santiponce, Tomares, Umbrete, Valencina de la Concepción, Villamanrique de la Condesa, Villanueva del Ariscal y El Viso del Alcor.
A tales efectos, se entenderán alegados y acreditados los requisitos exigidos en las siguientes bases que consten inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía o de los registros de personal de cualquiera de las entidades que forman parte del Sector Público Andaluz y de las Entidades Locales que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla, para lo cual deberán aportar la correspondiente hoja de acreditación de datos. En los demás supuestos, dichos requisitos se alegarán y acreditarán, en su caso, mediante la documentación aportada junto con el Anexo II.
Con carácter general, para poder participar en el proceso de selección se deberá acreditar que los servicios hayan sido prestados en uno o más Cuerpos o Grupos de nivel igual o superior al del puesto objeto de esta convocatoria, y encontrarse en situación de servicio activo durante todo el proceso de la misma.
Los requisitos de participación exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso de la convocatoria del puesto.
Tercera. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. Las solicitudes deberán dirigirse a la Gerencia del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla y serán presentadas en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el Registro General del Consorcio, con sede sita en Avenida Cristo de la Expiración, núm. 2, Estación de Autobuses Plaza de Armas, 41001, Sevilla, ello sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. A tal efecto, para los solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en un registro diferente al del Consorcio, deberán acreditar su envío, una vez registrada, a la Dirección de Servicios Generales del Consorcio mediante correo electrónico (cjimenez@ctas.es,) en los dos días siguientes al de su presentación.
2. La solicitud se ajustará al modelo recogido en el Anexo II, en el que figurarán los datos personales, incluido un teléfono y/o correo electrónico de contacto. Junto a la solicitud, habrá que aportar hoja de acreditación de datos expedida por la Administración de la que proceda, currículum vitae en el que se hará constar el número de registro de personal, Cuerpo o Grupo de pertenencia, grado personal consolidado en su caso, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicite.
3. Los méritos alegados serán justificados con la hoja de acreditación de datos. El candidato propuesto deberá acreditarlos mediante certificados de su Administración de origen o mediante la presentación de fotocopias debidamente compulsadas.
4. Los aspirantes deberán, asimismo, presentar una autobaremación de sus méritos conforme al baremo contenido en la base séptima, cumplimentando al efecto el Anexo III que acompaña a estas bases. Esta autobaremación vinculará a la Comisión de Selección en el sentido de que la misma sólo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los aspirantes.
5. Los méritos a valorar por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados y autobaremados por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes y acreditados documentalmente, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes.
6. No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en el Anexo I para ocupar el puesto a que se aspira, los cuales en todo caso, deberán cumplir las personas solicitantes.
Cuarta. Funciones del puesto.
Serán las recogidas en la relación de puestos de trabajo del Consorcio aprobada por el Comité Ejecutivo en sesión celebrada el 1 de noviembre de 2001 y modificada mediante acuerdos posteriores de 3 de diciembre de 2002, 30 de marzo de 2004 y 21 de noviembre de 2008:
- Preparación de documentos en procesador de texto y hojas de cálculo.
- Registro de entrada y salida de documentos.
- Practicar notificaciones de resoluciones.
- Introducción y grabación de datos en sistemas informáticos, así como la generación de documentos.
- Clasificación, copia y archivo de documentos y expedientes.
- Concertar entrevistas y comunicar la convocatoria de reuniones.
- Envío y recepción de fax y correos electrónicos.
- Navegación por internet.
- Atención de teléfono y visitas.
- Atención e información al usuario.
- Realización de gestiones de carácter auxiliar en otras dependencias públicas o privadas.
Bajo la supervisión directa de la Directora de Servicios Generales u otro superior jerárquico, podrá realizar cualquier otra función relacionada con su puesto que se le encomiende.
Quinta. Comisión de Selección.
1. La Comisión de Selección estará constituida por cinco vocales, incluidos el Presidente y el Secretario de la misma. Ostentará la presidencia la titular de la Dirección de Servicios Generales del Consorcio y la Secretaria el Secretario General del Consorcio. Los otros tres vocales serán designados por resolución de la Gerencia. Dichos vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
2. Para la válida constitución de la Comisión, se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario y, al menos, un vocal más o, en su caso, de quienes les sustituyan.
3. Asimismo, podrá asistir a las sesiones, con voz pero sin voto, el Delegado de personal del Consorcio.
4. Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad. En ningún caso la Comisión podrá otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la señalada.
Sexta. Proceso de selección.
Constará de dos fases, siendo la primera de carácter eliminatorio.
1. Primera fase: Puntuación máxima 8 puntos.
Consistirá en la valoración por la Comisión de Selección, conforme al baremo que se detalla en la base séptima, de los méritos que acrediten los/las aspirantes, referidos al último día del plazo para la presentación de instancias.
Se seleccionará un máximo de cinco candidaturas con mejor puntuación, que pasarán a la segunda fase.
2. Segunda fase: Puntuación máxima 2 puntos.
Consistirá en una entrevista personal curricular y de conocimientos de acuerdo con el perfil concreto del puesto a cubrir, a la que serán convocadas las personas candidatas seleccionadas en la primera fase.
La persona candidata propuesta será la que obtenga la mayor puntuación una vez sumadas las dos fases.
Séptima. Baremo de méritos.
1. Valoración del trabajo desarrollado: Máximo 5 puntos.
Por cada año de experiencia en puestos de trabajo de auxiliar administrativo en cualquiera de las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla o del Sector Público Andaluz: 1 punto por cada año de experiencia laboral. En caso de ser inferior se calculará la proporción por meses completos.
2. Formación: Máximo 2 puntos.
Se valorarán los cursos impartidos por organismos públicos o privados homologados por organismos públicos relacionados directamente con las funciones del puesto a desarrollar:
a) Formación en materias relacionadas con el puesto solicitado: Máximo 1 punto.
a1) Por cursos de duración entre 20 y menos de 40 horas lectivas: 0,25 puntos por cada uno.
a2) Por cursos de duración entre 40 y menos de 100 horas lectivas: 0,35 puntos por cada uno.
a3) Por cursos de duración de 100 o más horas lectivas: 0,50 puntos por cada uno.
En todos los casos, únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
b) Formación en informática (tratamiento de texto, hoja de cálculo, bases de datos, presentaciones): Máximo 1 punto.
b1) Por cursos de duración entre 20 y menos de 40 horas lectivas: 0,25 puntos por cada uno.
b2) Por cursos de duración entre 40 y menos de 100 horas lectivas: 0,35 puntos por cada uno.
b3) Por cursos de duración de 100 o más horas lectivas: 0,50 puntos por cada uno.
En todos los casos, únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
Los cursos que se aleguen para ser baremados en el apartado 2a) de la formación, no se podrán alegar en el apartado 2b).
3. Valoración de títulos académicos: Máximo 1 punto.
Se valorará la posesión de titulaciones distintas, de igual o superior nivel a la exigida para acceder al Grupo al que está adscrito el puesto. Dicha valoración se realizará en la forma siguiente:
a) Por el título de Doctor, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 0,5 puntos por cada uno.
b) Por el título de Diplomado Universitario o equivalente: 0,35 puntos por cada uno.
c) Por el resto de titulaciones: 0,2 puntos por cada uno.
No tendrá la consideración de título académico a efecto de su valoración en esta convocatoria el haber superado tres cursos completos de una licenciatura.
Solo se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica. Asimismo, no se valorarán como méritos los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.
4. Entrevista personal: Máximo 2 puntos.
En ella la Comisión de Selección valorará la adecuación e idoneidad de los candidatos para el puesto concreto convocado, motivando oportunamente la puntuación dada a cada uno de ellos en esta fase.
Octava. Lista provisional.
Una vez finalizado el proceso de valoración, se procederá a la publicación de la lista provisional con indicación de la puntuación obtenida en cada caso, así como de exclusiones, con indicación de la causa. Dicho listado se publicará a través de la web del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla.
En el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, las personas interesadas podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso y solicitar, si lo desean, vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo.
Novena. Resolución.
Las alegaciones formuladas contra la lista provisional serán resueltas, a propuesta de la Comisión de Selección, en la resolución por la que se resuelve definitivamente la convocatoria, que será publicada en el BOJA y en el BOP.
La resolución de la presente convocatoria deberá efectuarse en el plazo máximo de 4 meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del mencionado plazo, de conformidad con la normativa vigente.
Décima. Condiciones del contrato.
A la persona seleccionada se le realizará un contrato laboral de duración determinada, en su modalidad de interinidad por sustitución, a tiempo completo, con el periodo de prueba de un máximo de un mes contemplado en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
El trabajador o trabajadora que acceda a esta contratación quedará en su Administración o Entidad de origen en la situación que se prevea en las normas reguladoras de sus respectivas relaciones y seguirá percibiendo el complemento de antigüedad en la misma cuantía que se viniera percibiendo en la Entidad de procedencia.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 4 de junio de 2019.- El Director Gerente, Armando-Fidel Gutiérrez Arispón.
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