Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00158145.
Advertido un error material en la fecha del plazo máximo especificada en el Resuelve primero de la Resolución de 30 de abril de 2019, de la Dirección General de Economía Digital e Innovación, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y publicación de la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones previsto en la Orden de 2 de agosto de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la extensión de la cobertura de servicios de las redes de banda ancha de nueva generación en Andalucía, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que «las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos», se procede a realizar la siguiente corrección:
Donde dice:
«Ampliar el plazo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la extensión de la cobertura de servicios de las redes de banda ancha de nueva generación en Andalucía, convocadas en virtud de la Resolución de 27 de septiembre de 2018, por un plazo máximo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes especificado en su apartado tercero, en relación con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, quedando fijado el plazo máximo en el día 6 de julio de 2019.»
Debe decir:
«Ampliar el plazo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la extensión de la cobertura de servicios de las redes de banda ancha de nueva generación en Andalucía, convocadas en virtud de la Resolución de 27 de septiembre de 2018, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes especificado en su apartado tercero, por un plazo máximo de tres meses, en relación con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, quedando fijado el plazo máximo en el día 6 de agosto de 2019.»
Descargar PDF