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Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 871/2018. Negociado: 02.
NIG: 2906744420180011198.
De: Don Antonio Gumersindo Zumaquero.
Abogado: Juan Jesús Bueno Hijano.
Contra: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Asepeyo Mutua de Accidentes de Trabajo y de Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social núm. 151 y Global Protection Security Group, S.L.
EDICTO
Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.
Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 871/2018 se ha acordado citar a Global Protection Security Group, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 10 de enero de 2020, a las 10:00 horas de su mañana para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Fiscal Luis Portero García (Ciudad de la Justicia de Málaga), planta 3.ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a Global Protection Security Group, S.L.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En Málaga, a trece de junio de dos mil diecinueve.- La Letrada de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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