Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00149104.
Mediante Orden de 24 de marzo de 2017 se aprobaron las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía (BOJA núm. 60, de 29 de marzo). De acuerdo con lo establecido en el apartado 16 del cuadro resumen de las bases reguladoras, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento es de seis meses, que se contará desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el art. 120.4 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
El día 7 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 30 de mayo de 2018, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante, la Agencia), por la que se convocan, para el ejercicio 2018, las subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía. El apartado segundo de la citada resolución establece que el plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. De conformidad con lo anterior, el último día de presentación de solicitudes fue el 28 de junio de 2018, por lo que el cómputo del plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión se inició el día 29 de junio de 2018. Este plazo máximo ha sido suspendido mediante el correspondiente acuerdo por el que se daba publicidad al requerimiento de subsanación de solicitudes presentadas en las líneas convocadas.
El día 28 de diciembre de 2018 la Jefatura de Servicio de Programas, en suplencia de la Gerencia de la Agencia, de conformidad con la Resolución de la Dirección de la Agencia de 20 de diciembre de 2018, ha elevado propuesta de resolución de ampliación del plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía. Dicha propuesta se fundamenta tanto en el número de solicitudes presentadas como en la fase de evaluación previa de las mismas y, en particular, en el número de procedimientos de concesión de subvenciones actualmente abiertos en la Agencia. En este sentido, la Gerencia de la Agencia ha dedicado todos los medios materiales y personales disponibles. No obstante lo anterior, se considera necesario, ante el posible incumplimiento del plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión, acordar una ampliación del plazo para resolver y publicar el procedimiento de concesión de subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
Por tanto, se considera conveniente la ampliación del plazo de resolución y publicación del citado procedimiento, conforme se prevé en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con el apartado 13 del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 24 de marzo de 2017 se aprobaron las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía, y a propuesta de la la Jefatura de Servicio de Programas,
RESUELVO
Primero. Ampliar, en tres meses, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía, en la convocatoria efectuada por Resolución de 30 de mayo de 2018 (BOJA núm. 109, de 7 de junio de 2018).
Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra el presente acuerdo no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 28 de diciembre de 2018.- La Directora, María Cristina Saucedo Baro.
Descargar PDF