Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 10/07/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 24 de junio de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 168/2018.

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Procedimiento: 1165/16. Ejecución de títulos judiciales 168/2018. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20160012559.

De: Doña Ana María Suárez Rubin.

Abogado: Doña Celestina Piedrabuena Ramírez.

Contra: Amparo Ángel Aguilar Torrado y Centro de Enseñanza Técnico AN.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos de ejecución seguidos en este Juzgado bajo el número 168/2018 a instancia de la parte actora doña Ana María Suárez Rubin contra Amparo Ángel Aguilar Torrado y Centro de Enseñanza Técnico AN sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 7.5.19 del tenor literal siguiente:

DECRETO NÚM. 339/19

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sra. Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a siete de mayo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único. En el presente procedimiento consta que se ha dado satisfacción a la/s deuda/s que constaba/n en el título por el que se despachó ejecución en favor de la parte ejecutante Ana María Suárez Rubin.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Dispone el artículo 570 de la LEC que la ejecución forzosa solo terminará con la completa satisfacción del acreedor ejecutante, que es lo que ha sucedido en el presente procedimiento.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1. Declarar terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de Ana María Suárez Rubin, frente a Amparo Ángel Aguilar Torrado y Centro de Enseñanza Técnico AN.

2. Expedir mandamiento de pago a favor de Letrada doña Celestina Piedrabuena Ramírez en concepto de resto de costas, el cual le será entregado en la Secretaría de este Juzgado y caducará a los tres meses desde su expedición.

3. Alzar, en su caso, todos los embargos y librar para ello los correspondientes despachos.

4. Archivar el presente procedimiento.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (art. 188 LRJS). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/La Letrado/a de la Administracion de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Amparo Ángel Aguilar Torrado y Centro de Enseñanza Técnico AN, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veinticuatro de junio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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