Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 18/07/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Corrección de errores de la Resolución de 3 de junio de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan para el año 2019 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el Programa de Acciones Experimentales, regulado en la Orden de 20 de marzo de 2013, que se cita (BOJA núm. 111, de 12.6.2019).

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Advertidos errores en el texto de la Resolución de 3 de junio de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan para el año 2019 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el Programa de Acciones Experimentales, regulado en la Orden de 20 de marzo de 2013, y publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 111, de 12 de junio de 2019», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección, en los términos que se indican a continuación:

Primero. En la página 16, en el apartado primero del resuelvo segundo. Financiación y cuantía.

Donde dice:

«1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, por una cuantía máxima de seis millones de euros (6.000.000,00 euros) y con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimado.


Partidas Presupuestarias/
Códigos de Proyecto

Anualidad 2019
(en euros)

Anualidad 2020
(en euros)

Totales
(en euros)
1539188023 G/32L/44206/00 S0574 500.000,00 166.666,66 666.666,66
1539188023 G/32L/46006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,67
1539188023 G/32L/48006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,66
TOTAL 4.500.000,00 1.500.000,00 6.000.000,00 »

Debe decir:

«1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, por una cuantía máxima de seis millones de euros (6.000.000,00 euros) y con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimado.


Partidas Presupuestarias/
Códigos de Proyecto

Anualidad 2019
(en euros)

Anualidad 2020
(en euros)

Totales
(en euros)
1039188023 G/32L/44206/00 S0574 500.000,00 166.666,66 666.666,66
1039188023 G/32L/46006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,67
1039188023 G/32L/48006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,66
TOTAL 4.500.000,00 1.500.000,00 6.000.000,00 »

Segundo. En la página 29, Anexo III, punto 4. Datos generales de la actuación.Importes máximos.

Donde dice:

«Importe máximo por persona a atender (límite 2.400 €)».

Debe decir:

«Importe máximo por persona a atender (límite 1.300 €)».

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