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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, así como lo dispuesto en la Orden de 30 de mayo de 2019, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía, por la que se autoriza a la Universidad de Almería para la convocatoria de plazas de cuerpos docentes universitarios en ejecución de la oferta de empleo público 2019 (publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 65, de fecha 4 de abril de 2019), este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018 de 18 de diciembre, conforme a las previsiones del artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/2001, citada, que establece que las Universidades Públicas podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad ha resuelto, respetando el número máximo de plazas establecido en la previsión legal, convocar los correspondientes concursos de plazas de promoción interna para el acceso al cuerpo de Catedráticos de Universidad que se detallan en el Anexo I de la presente resolución.
El concurso se regirá con arreglo a las siguientes bases de convocatoria:
1. Normas generales.
1.1. Al presente concurso le será aplicable la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, (BOE de 13 de abril); el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, (BOE de 8 de octubre); Decreto 225/2018 de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables, particularmente por el adoptado en fecha 3 de mayo de 2019, por el que se aprueba el Reglamento de la Universidad de Almería que regula el procedimiento de los concursos de acceso a los Cuerpos Docentes universitarios; por las presentes bases de convocatoria, las normas de general aplicación, y en lo no previsto, las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en las Administraciones Públicas.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, según lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril.
También podrán participar los descendientes y el cónyuge de un ciudadano de la Unión Europea, y los descendientes del cónyuge, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y que los descendientes sean menores de veintiún años o mayores de edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del español, las respectivas comisiones de selección podrán establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Asimismo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
a) Estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.
b) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación y haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.
2.3. Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes.
3.1. La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo que estará disponible en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería y que figura como Anexo II de la presente convocatoria.
3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Almería, a través del Registro General de ésta, sito en Carretera de Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano (04120-Almería), o por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Registro General de la Universidad de Almería. Adicionalmente, los solicitantes que opten por un medio de presentación distinto al Registro de la Universidad de Almería deberán remitir copia de la primera página de su solicitud debidamente registrada (siendo visible el sello con la fecha y lugar de presentación) mediante un correo electrónico a la dirección infopdi@ual.es.
3.3. Los aspirantes deberán presentar junto con la solicitud la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad para los aspirantes que posean nacionalidad española.
Los aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente de su país que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes pruebas selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos señalados, declaración jurada de no hallarse separados de derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así se precisen deberán presentarse traducidos al español.
b) Documentación justificativa de que reúne los requisitos exigidos en la base 2.2 de la presente convocatoria. Los funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de la Universidad de Almería no necesitan acreditar el requisito 2.2.b (ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad).
c) Currículum que deberá ajustarse al modelo disponible en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos, y que figura como Anexo III de la presente convocatoria, al modelo normalizado por la ANECA, al Modelo CVN (Curriculum Vitae Normalizado) u otros modelos oficiales.
3.4. Los errores de hecho apreciados por la Universidad que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.5. Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente, se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación. No se practicarán notificaciones personales, cuando en esta convocatoria esté prevista la publicación pertinente en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
3.6. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión encargada de resolver el concurso.
3.7. Serán excluidos aquellos aspirantes que no presenten los documentos señalados en la base 3.3 de esta Convocatoria, así como los que presenten la instancia fuera de plazo.
4. Admisión de aspirantes y notificaciones.
4.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las relaciones de admitidos y excluidos, adjudicaciones, comunicaciones, requerimientos y demás actos integrantes del presente concurso se publicarán en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos.
4.2. Dichos documentos podrán publicarse adicionalmente en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Universidad: http://www.ual.es (Epígrafes: Universidad > Servicios Generales > Servicio de Gestión de Recursos Humanos > Convocatorias), careciendo esta publicación web de los efectos de notificación a los que hace referencia el apartado anterior.
4.3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Dicha resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, se publicará en el tablón de anuncios de Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, con los efectos previstos en la base 4.1.
4.4. Contra dicha resolución los interesados podrán presentar reclamación, alegación o subsanación del motivo de exclusión ante el Rector en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución que aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos. La presentación de nueva documentación fuera del plazo anteriormente establecido implicará su no consideración por parte de la Comisión.
4.5. Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones, alegaciones o subsanaciones, o resueltas las que se hayan podido presentar, el Rector dictará resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma establecida en la base 4.1, y que servirá de notificación a los interesados. En el caso de que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en definitiva el día siguiente al de su publicación.
4.6. Contra la resolución definitiva, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ente el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, de conformidad con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Comisiones de Selección.
5.1. Los concursos de acceso serán resueltos por Comisiones de Selección, cuya composición es la que figura como Anexo IV de esta convocatoria.
5.2. El régimen de constitución y actuación de las mismas será conforme a lo dispuesto en Reglamento de la Universidad de Almería que regula el procedimiento de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería de 3 de mayo de 2019.
5.3. La Comisión se constituirá en el plazo de 4 meses a contar desde el día siguiente al de publicación de la relación definitiva de candidatos admitidos al concurso.
5.4. En el acto de constitución la Comisión fijará y hará públicos los criterios para la adjudicación de las plazas. Entre dichos criterios deberán figurar necesariamente los siguientes:
a) Adecuación del currículum del candidato al área de conocimiento y perfil, en su caso, de la plaza.
b) El historial académico, docente e investigador y el proyecto docente referido a alguna de las asignaturas obligatorias de los planes de estudio de la Universidad de Almería correspondientes al área de conocimiento, así como el proyecto investigador.
c) Capacidad para la exposición y debate.
d) En su caso, los que rijan con carácter general para las convocatorias de plazas de las áreas de conocimiento correspondientes a cada departamento, aprobadas por el Consejo de Gobierno a propuesta del Rector.
6. Acto de presentación de los candidatos.
6.1. El Presidente de la Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con los restantes miembros, notificará a todos los candidatos admitidos al concurso, con una antelación mínima de 10 días naturales, la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y hora de su celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de la Comisión.
6.2. En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:
a) Historial académico, docente e investigador, por triplicado, así como un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto docente e investigador por triplicado.
6.3. Todos los méritos alegados por los concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La Comisión no valorará aquellos méritos que, siendo alegados en el currículum detallado, no estén debidamente justificados.
6.4. En el acto de presentación y si hay más de un candidato se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los candidatos y se fijará el lugar, la fecha y la hora del comienzo de las pruebas, circunstancias que se harán públicas por la Comisión en el tablón de anuncios correspondiente. Las pruebas deberán comenzar en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente al del acto de presentación.
6.5. El Presidente de la Comisión garantizará que la documentación entregada en el acto de presentación esté disponible para que pueda ser examinada por todos los candidatos antes del inicio de las pruebas.
7. Desarrollo de las pruebas.
El concurso de acceso a plazas del Cuerpo de Catedráticos de Universidad constará de una única prueba que consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de noventa minutos, del Currículum Vítae, proyecto docente y proyecto investigador. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre los anteriores extremos durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe motivado, ajustado, en todo caso, a los criterios generales establecidos por la Comisión. A la vista de estos informes, la Comisión procederá a realizar una valoración mediante puntuación para determinar la propuesta de provisión de la plaza.
8. Propuesta de provisión de plazas y duración del concurso.
8.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, la Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. Dicha propuesta se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, y servirá de comunicación del resultado del concurso a los aspirantes.
8.2. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no provisión de plazas.
8.3. El tiempo transcurrido entre la constitución de la Comisión y la resolución del concurso de acceso no podrá exceder de cinco meses. A efectos de cómputo de los plazos se excluirá el mes de agosto y otros periodos declarados inhábiles en la Universidad de Almería, durante los que no tendrán lugar actuaciones de las Comisiones.
8.4. En el caso de candidatos en situación de disfrute de licencia por maternidad o paternidad, podrá suspenderse el plazo de duración del concurso señalado en el punto anterior, en tanto se mantenga la situación de licencia señalada.
8.5. Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso, los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad de Almería, conforme a las disposiciones estatutarias.
8.6. La Comisión deberá resolver motivadamente las reclamaciones en el plazo máximo de tres meses. La correspondiente resolución del Rector, que habrá de ser concordante con la propuesta de la Comisión, agota la vía administrativa, y será impugnable directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conforme a la normativa aplicable.
9. Presentación de documentos y nombramientos.
9.1. Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberá presentar, en los veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Registro General de esta Universidad o por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial de no padecer ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado ninguna Administración Pública en virtud del expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
9.2. Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera, en activo o en servicios especiales, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de la condición de funcionarios y de cuantas otras circunstancias consten en su hoja de servicios.
9.3. Una vez presentada la documentación correspondiente, el Rector procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El nombramiento se comunicará al Consejo de Universidades.
9.4. En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución en BOE, según dispone los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), o con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto este no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Almería, 17 de julio de 2019.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.
ANEXO I
Número de plaza: 01/2019/CU.
Cuerpo de la plaza: Catedrático de Universidad.
Departamento: Matemáticas.
Área de conocimiento: Matemática Aplicada.
Actividad docente: Matemáticas para la Economía. Métodos Cuantitativos.
Dotación: 1.
ANEXO IV
Número de plaza: 01/2019/CU.
1. Comisión Titular:
Presidente: Dr. don Carmelo Rodríguez Torreblanca, Catedrático de Universidad de la Universidad de Almería.
Vocales:
- Dr. don Victoriano Ramírez González, Catedrático de Universidad de la Universidad de Granada.
- Dra. doña Patricia Román Román, Catedrática de Universidad de la Universidad de Granada.
2. Comisión Suplente:
Presidente: Dr. don José Antonio Rodríguez Lallena, Catedrático de Universidad de la Universidad de Almería.
Vocales:
- Dr. don Antonio Cañada Villar, Catedrático de Universidad de la Universidad de Granada.
- Dr. don Antonio Jiménez Vargas, Catedrático de Universidad de la Universidad de Almería.
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