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El artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que «los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa».
También se indica en el citado artículo que «la eficacia – del acto– quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior».
En este sentido, podemos indicar que la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada entró en vigor en la fecha indicada en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos para el Personal de Administración y Servicios 2019 –en el que tiene su origen la nueva RPT– aprobado por Consejo de Gobierno en sesión del 18 de diciembre de 2018, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada número 137, de 21.12.18 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 16, de 24.1.19, es decir, entró «en vigor el 1 de julio de 2019 (apartado 1.3)».
No obstante, desde que la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada fue publicada en el Boletín Oficial de la misma (BOUGR número 143, de 7.5.2019), tras su aprobación en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2019, se han producido algunos cambios en las Unidades Administrativas al detectarse errores materiales, necesidades no contempladas o cambios en la estructura del nuevo Equipo de Gobierno.
De igual forma, la eficacia plena de la entrada en vigor de la nueva Relación de Puestos de Trabajo requería la aprobación de unas normas para su aplicación que, como parte integrante de la propia RPT, tenían que ser negociadas previamente con los órganos de representación y aprobadas por Consejo de Gobierno.
También era necesario que la publicación de la RPT cumpliese con uno de los requisitos que determina el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es decir, la «indicación de si pone fin o no a la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, en su caso, en vía administrativa y judicial, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente, toda vez que «la publicación de un acto deberá contener los mismos elementos que el artículo 40.2 exige respecto de las notificaciones (artículo 45.2)».
Por todo ello, una vez aprobadas las Adecuaciones Técnicas de la estructura de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios y las normas de aplicación de la misma por el Consejo de Gobierno en sesión de fecha 18 de julio de 2019, este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 45 de los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011),
ha resuelto
Primero. Ordenar la publicación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios y sus Normas de aplicación, aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada en sesiones de 30 de abril de 2019 y de 18 de julio de 2019 (http://gerencia.ugr.es/comunicacion/).
Segundo. Al objeto de dar cumplimento al requisito de publicidad previsto en el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y al principio de publicidad activa recogido en el artículo 10 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios se incorpora al Portal de Transparencia de la Universidad de Granada.
Tercero. Igualmente, a efectos del inicio del plazo de interposición de posibles recursos, la presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Se faculta a la Gerencia de la Universidad de Granada para que, en el desarrollo y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios, dicte las resoluciones o instrucciones necesarias para su puesta en marcha efectiva y total.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa en virtud del art. 84 del Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Granada, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Granada, 19 de julio de 2019.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.
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