Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 01/08/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Resolución de 23 de julio de 2019, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 11 de julio de 2019, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establecen los parámetros de ponderación para el cálculo de la nota de admisión a determinadas enseñanzas universitarias oficiales de Grado para los cursos 2019-2020 y sucesivos.

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El Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, determina en el artículo 9.1 la posibilidad de que las universidades fijen procedimientos de admisión.

La Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía incluye, dentro de dichos procedimientos de admisión, la ponderación de las calificaciones obtenidas en la Prueba de Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad o en Pruebas de Evaluaciones Específicas de Conocimientos y/o de Competencias de materias del currículo del Bachiller español.

Para el curso 2019-2020, las universidades públicas de Andalucía han incorporado a su oferta de enseñanzas oficiales nuevos Grados y también la posibilidad de cursar dichos Grados u otros, ya ofertados anteriormente, en régimen de simultaneidad con una oferta específica y diferenciada. Por ello, el 11 de julio de 2019, la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía adoptó un acuerdo por el que se añaden nuevos parámetros de ponderación para el cálculo de la nota de admisión a la oferta de títulos de Grados actualmente vigente.

En uso de las atribuciones que tengo conferidas,

RESUELVO

Dar publicidad al Acuerdo de 11 de julio de 2019, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establecen los parámetros de ponderación para el cálculo de la nota de admisión a determinadas enseñanzas universitarias oficiales de Grado para los cursos 2019-2020 y sucesivos, que se inserta a continuación como anexo.

Sevilla, 23 de julio de 2019.- La Directora General, Inmaculada Ramos Tapia.

ANEXO

ACUERDO DE 11 DE JULIO DE 2019, DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO ÚNICO UNIVERSITARIO DE ANDALUCÍA, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PARÁMETROS DE PONDERACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LA NOTA DE ADMISIÓN A DETERMINADAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO PARA LOS CURSOS 2019-2020 Y SUCESIVOS

El Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, determina en el artículo 9.1 la posibilidad de que las universidades fijen procedimientos de admisión.

La Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía incluye, dentro de dichos procedimientos de admisión, la ponderación de las calificaciones obtenidas en la Prueba de Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad o en Pruebas de Evaluaciones Específicas de Conocimientos y/o de Competencias de materias del currículo del Bachiller español.

Consecuentemente, el 4 de junio de 2018 se tomó un acuerdo por el que se establecieron los parámetros de ponderación para toda la oferta de títulos de Grados que existía en ese momento (BOJA núm. 120, de 22.6.2018), con una posterior corrección de errores por omisión (BOJA núm. 128, de 4.7.2018). En dicho acuerdo también se establecía un procedimiento para establecer los parámetros de ponderación en los dos primeros cursos de implantación de un título y la posibilidad de establecer otros distintos para los sucesivos.

Para el curso 2019-2020, las universidades públicas de Andalucía han incorporado a su oferta de enseñanzas oficiales, nuevos títulos de Grado y/o la posibilidad de cursar dichos Grados u otros, en régimen de simultaneidad. Por ello, el 11 de julio de 2019, la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía adoptó un acuerdo por el que se añaden nuevos parámetros de ponderación para el cálculo de la nota de admisión a la oferta de estudios de Grados, actualmente vigente, de forma diferenciada para los cursos 2019-2020 y 2020-2021, respecto al 2021-2022 y sucesivos.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Los parámetros de ponderación que a continuación se determinan regirán en los procedimientos de admisión a los cursos, según se indica en el artículo 5 de este acuerdo.

Artículo 2. Validez de las calificaciones.

Para que se puedan aplicar los parámetros en el cálculo de la nota de admisión, las respectivas materias a las que se le aplicarán los parámetros deben haberse superado en el curso en el que se celebren Prueba de Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad o Pruebas de Evaluaciones Específicas de Conocimientos y/o de Competencias, o en los dos cursos inmediatamente anteriores.

Artículo 3. Oferta de Grados en régimen de simultaneidad de estudios.

La oferta de Grados cuyas organizaciones docentes permiten la obtención de dos títulos de Grados en régimen de simultaneidad de estudios se identifica con el símbolo «+» entre la denominación de ambos títulos, y los parámetros de aplicación serán los que consten para dicha oferta.

Para la aplicación de los respectivos parámetros es indiferente el orden en que las universidades determinen el nombre de la organización docente de que se trate, bien por el nombre de un título en primer lugar y del otro en segundo o viceversa, ya que se trata de la obtención de los mismos títulos de Grado.

Artículo 4. Difusión de los parámetros.

Con independencia de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las Comisión del Distrito Único mantendrá actualizada la información sobre los parámetros en el portal web del Distrito Único Andaluz: http: www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/sguit.

Artículo 5. Relación de nuevos parámetros por Grados y asignaturas según el curso.

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