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Ignorándose el actual domicilio de las personas físicas y jurídicas que más tarde se relacionan, contra las que se han presentado solicitudes de arbitraje ante esta Junta, en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y dado que intentada la notificación en su domicilio ésta no ha podido practicarse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.2 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el presente anuncio se notifica los siguientes laudos que se indican a continuación.
Expediente: JAT-AL-0000-2018. Reclamante NIF/CIF: 10700291Z. C.P.: 04745. Municipio: La Mojonera. Provincia: Almería. Reclamado: Alsa Internacional, S.L. NIF/CIF: B85146363. C.P. 18014. Municipio: Granada. Provincia: Granada. Extracto del Laudo: Declarar desistido al demandante de su reclamación y acuerda el archivo de las actuaciones, lo que no impedirá al reclamante volver a presentar reclamación en defensa de sus intereses.
Expediente: JAT-AL-0002-2018. Reclamante: Operador Logístico Europa Sur, S.L. NIF/CIF: B04680633. C.P.: 04700. Municipio: El Ejido. Provincia: Almería. Reclamado: Transnoguera 2000, S.L. NIF/CIF: B61586632. C.P.: 0879. Municipio: Olerdola. Provincia: Barcelona .Extracto del Laudo: Estimar la reclamación, debiendo Transnoguera 2000, S.L., abonar a Operador Logístico Europa Sur, S.L., la cantidad de seiscientos cinco euros (605 euros) en concepto de pago de portes, más la cantidad que corresponda hasta el momento del abono en concepto de intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el fundamento de derecho quinto.
Expediente: JAT-AL-0003-2018.Reclamante: Transportes Indalcampo, S.L., NIF/CIF: B04623708. C.P.: 04110. Municipio: Nijar. Provincia: Almería. Reclamado: Logística Transfricar, S.L. NIF/CIF: B04630992. C.P.: 04230. Municipio: Huercal de Almería. Provincia: Almería. Extracto del Laudo: Estimar la reclamación, debiendo Logística Transfricar, S.L., abonar a Trans. Indalcampo, S.L,, la cantidad de Once mil seiscientos cuarenta y seis euros con veinticinco céntimos (11.646,25 euros).
Expediente: JAT-AL-0004-2018. Reclamante: NIF/CIF: 34846869Y. C.P.: 04100. Municipio: Nijar Gallardos. Provincia: Almería. Reclamado: Logística Transfricar, S.L. NIF/CIF: B04630992. C.P.: 04230. Municipio: Huercal de Almería. Provincia: Almería. Extracto del Laudo: Estimar la reclamación, debiendo Logística Transfricar, S.L., abonar a NIF/CIF: 34846869Y, la cantidad de dos mil novecientos cuatro euros (2.904 euros).
Transcurridos veinte días desde la notificación de estos laudos a las partes, podrán instar su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería, conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra estos laudos puede ejercitarse la Acción de Anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses siguientes a su notificación de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del Laudo, podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje. Lo que para su constancia, archivo y traslado a las partes, firman los miembros de esta Junta Arbitral de Transportes en el lugar y fecha indicados.
El Presidente de la Junta Arbitral de Almería, Antonio González Jiménez. La Secretaria de la Junta Arbitral, Ana Pelegrín Sánchez.
Almería, 11 de enero de 2019.- El Delegado, Juan Sola Martínez.
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