Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 06/08/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 29 de julio de 2019, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral de duración determinada a tiempo parcial del Departamento de Fisioterapia.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 2.2.e) y 48 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en el art. 43 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Estatuto de la Universidad de Sevilla; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias; el Convenio Marco para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la educación y la docencia, y el Concierto entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Sevilla (Acuerdo de 26 de marzo de 1996); el Acuerdo de 17 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se autoriza la modificación del Convenio-Marco suscrito entre las Consejerías de Salud y Educación y Ciencia y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, para la utilización de las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia, y la Adenda al citado Convenio-Marco suscrito el 2 de junio de 2015 entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

Atendiendo a la orden de autorización de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de fecha 23 de abril de 2019 para la contratación temporal en el ámbito de Ciencias de la Salud, y concurriendo necesidades urgentes e inaplazables,

El Rector de la Universidad de Sevilla, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 20 de la LOU y 20 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, ha resuelto convocar a concurso, las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla, incluidas en la vigente RPT y con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, la LAU y el EUS, y por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, así como por las presentes bases y, con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas de Andalucía.

1.2. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial, las plazas de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud que se indican en Anexo I con las características que igualmente se señalan en el mismo.

1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán realizar las funciones asignadas en la normativa y acuerdos vigentes, respetar el calendario y horario establecido por el Centro y las actividades docentes asignadas por el Departamento.

1.4. Los candidatos propuestos deberán presentar la documentación necesaria para solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.

2. Requisitos de los candidatos.

Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

2.1. Requisitos generales.

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Edad. Tener cumplidos 16 años y no haber superado los 70.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad y a Facultativo Especialista de Área.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, además de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión médica. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos del acceso al empleo público.

2.2. Requisitos específicos.

2.2.1. Estar en posesión del título académico que habilita para el ejercicio de la profesión. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.

2.2.2. De conformidad con la claúsula séptima del Convenio Marco suscrito entre las Consejerías de Salud y de Educación y Ciencia y la Universidad de Sevilla, los aspirantes deberán ser personal de plantilla que preste servicios en cada una de las Instituciones Sanitarias concertadas.

Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Los adjudicatarios de las plazas cesarán como Profesor Asociado (CIS) en todo caso cuando, por cualquier motivo, causen baja en la plaza asistencial que ocupen en la Institución Sanitaria Concertada.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum, por duplicado, debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Sevilla, que se facilitará gratuitamente a los interesados en el Registro General de esta Universidad y que asimismo está disponible en el portal electrónico de la misma (http://docentes.us.es Oferta de Empleo Público - PDI Laboral - Impresos). Los aspirantes que opten a más de una plaza, identificadas por el código que les corresponda en el Anexo I de esta convocatoria, deberán presentar solicitud individualizada para cada una de ellas. Las plazas cuyos códigos aparezcan agrupados, se tramitarán como una sola solicitud (ej.:  09/1-2-3-4/19).

3.2. Las solicitudes deberán dirigirse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El plazo de presentación de instancias se computa desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y hasta el 13 de septiembre de 2019. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3. Los aspirantes deberán justificar haber abonado a la Universidad de Sevilla dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 24 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse a través de la entidad bancaria Santander, en la cuenta núm. ES770049.2588.71.2114241655 (dígito bancario: 750), a nombre de «Universidad de Sevilla», haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI y número de la plaza a la que se concursa. La falta del justificante de ingreso determinará la exclusión del aspirante, considerándose que es un requisito insubsanable. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud correspondiente de participación.

Estarán exentos de pago:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.

b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal circunstancia con informe preceptivo de la institución correspondiente.

c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa, y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

3.4. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación por duplicado:

a) Fotocopia del título universitario que habilita para optar a la plaza. En el caso de títulos extranjeros, éstos deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

b) Certificación oficial de vinculación al Servicio Andaluz de Salud, según modelo publicado en la web: http://docentes.us.es, Oferta de Empleo Público - PDI Laboral-Impresos, en la que debe especificarse el Centro, Unidad de Gestión Clínica, Servicio o Sección en la que realiza su labor asistencial, puesto, turno de trabajo y régimen de dedicación.

c) Documentos que se estimen convenientes para la debida justificación de los méritos en soporte CD por duplicado (formato PDF) debidamente identificado con el nombre del concursante y el número de la plaza. En dicho CD deberán aparecer los justificantes de los méritos en un único archivo PDF, debiendo indicarse en el modelo de curriculum el número de página de inicio en dicho documento PDF para cada mérito aportado.

d) Declaración responsable firmada, según modelo publicado en la web del Vicerrectorado de Profesorado de esta Uni versidad (http://docentes.us.es, Oferta de Empleo Público - PDI Laboral - Impresos) de la veracidad de los documentos aportados que serán copia fiel de los originales. La falta de veracidad de la información o el falseamiento de la documentación aportada comportará la invalidez de los méritos afectados, sin perjuicio de la responsabilidad que tal circunstancia pudiera derivar.

La acreditación de los servicios prestados en la Universidad de Sevilla se hará mediante certificación que deberá solicitarse en el Servicio de Gestión de Personal Docente de esta Universidad. Por lo que respecta a la actividad docente, la certificación se solicitará en el Área de Ordenación Académica.

En el supuesto de servicios prestados en otra Universidad, la acreditación deberá hacerse mediante certificación expedida por el Secretario General de la misma en la que se haga constar la efectiva impartición de la docencia. En el caso de Universidades extranjeras, la certificación deberá ser expedida por figura homóloga a la de Secretario General y habrá de aportarse debidamente traducida al castellano por traductor jurado oficial.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de admitidos y excluidos se hará pública en el plazo máximo de 2 meses desde el fin del plazo de presentación de instancias (excluido el mes de agosto), con indicación, en su caso, de la causa de exclusión y plazo de subsanación de defectos. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios de este Rectorado y, a título informativo, en el portal electrónico (http://docentes.us.es, Oferta de Empleo Público - Convocatorias). Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el procedimiento indicado en el apartado 3.1 y 3.2 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

4.2. Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos por el procedimiento anteriormente mencionado.

La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin de la vía administrativa y contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco., a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administratico Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.

Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y en el Reglamento 2016/679, de la Unión Europea, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Sra. Delegada de Protección de Datos de la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, 4, 41004 Sevilla.

5. Resolución del concurso.

5.1. Los méritos de los candidatos serán valorados conforme al baremo general (aprobado por Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2018) y al baremo específico elaborado por la correspondiente Comisión, en el que vendrá determinado el umbral mínimo de puntuación que han de alcanzar los candidatos para poder optar a la plaza. Dichos baremos se encuentran disponibles en la siguiente dirección: http://docentes.us.es, Oferta de Empleo Público - PDI Laboral - Normativa y baremos específicos.

5.2. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por las Comisiones de Contratación constituidas de conformidad con el artículo 90 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, pudiéndose nombrar asesores que colaboren con los trabajos de dichas Comisiones, previa propuesta de las mismas.

5.3. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.

5.4. En el plazo máximo de 25 días hábiles desde la recepción de la documentación, las Comisiones, que se abstendrán de publicar las actas, resolverán el concurso.

Los Presidentes de las Comisiones deberán remitir al Servicio de Programación Docente la propuesta de adjudicación, al día siguiente de haber sido resuelto el concurso, acompañando:

a) Actas debidamente cumplimentadas en papel de las sesiones realizadas por la Comisión de Contratación.

b) Acta final debidamente cumplimentada conteniendo propuesta de adjudicación, en la que propondrá:

1. Al candidato que haya obtenido mayor puntuación siempre que tenga una puntuación superior al umbral mínimo, o bien,

2. La no provisión de la plaza, si ningún candidato tiene una puntuación mayor que la del umbral mínimo.

c) La documentación aportada al concurso por el candidato propuesto. El resto de la documentación presentada por los otros candidatos quedará depositada en el Departamento correspondiente. Toda esta documentación podrá devolverse a los interesados si éstos así lo solicitan una vez finalizado el proceso del concurso y siempre que no se haya interpuesto recurso contra el resultado final del concurso. La documentación depositada en el Servicio de Programación Docente deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de 6 meses desde la resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

El acta final será publicada en el Tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad de Sevilla y, a título informartivo, en el portal electrónico de la Universidad (http://docentes.us.es, Oferta de empleo público - PDI Laboral - Convocatorias). Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de los contratos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que no se efectuará notificación personal alguna.

Contra estas propuestas, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector de esta Universidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación.

Los aspirantes que no obtengan plaza, pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir cualquier posible necesidad docente que se produzca en el Departamento y área de conocimiento correspondiente, y cuya duración será de dos años.

6. De la contratación.

6.1. Iniciación.

6.1.1. El plazo para la firma del contrato será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la propuesta de adjudicación, entendiéndose que, si en dicho plazo el adjudicatario no se persona para la firma del contrato en el Servicio de Gestión de Personal Docente (Sección de Personal Docente contratado), se entenderá que renuncia al mismo. La fecha de efectos del contrato se indicará en la propuesta de adjudicación.

6.1.2. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.

b) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el art. 68.6 del R.D. 557/2011, de 20 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

c) Certificado médico oficial acreditatito de poseer la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas.

d) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y/o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Solicitud de autorización o reconocimiento de compatibilidad.

6.1.3. La autorización para el disfrute de vacaciones, licencias o similares durante el periodo docente para el que se contrata el profesor, deberá ser informada favorablemente por el Departamento, ya que la misma estará condicionada a la cobertura de la actividad docente asignada.

6.2. Duración de los contratos

La duración de los contratos será la indicada para cada plaza. En el caso de las plazas con docencia cuatrimestral, se establecerá un contrato de seis meses de duración en función del calendario académico oficial y su duración será conforme a los periodos establecidos en dicho calendario para el primer o para el segundo cuatrimestre según corresponda.

6.3. Prórrogas de los contratos

Los contratos serán renovados en los mismos términos de la vigencia inicial. Dicha renovación se dará siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad en la plaza asistencial que ocupen en la Institución Sanitaria concertada, se mantengan las necesidades docentes que motivaron el contrato, y salvo que exista informe motivado en contra de la renovación por el Departamento.

7. Régimen de dedicación.

El personal asistencial contratado como Profesor Asociado desarrollará el conjunto de sus actividades docentes y asistenciales en una misma jornada. La dedicación horaria de dicho personal será la establecida en la base Decimotercera.Dos del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 29 de julio de 2019.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO I

PLAZAS DE PROFESOR ASOCIADO DE CIENCIAS DE LA SALUD

(CONCIERTO CON INSTITUCIONES SANITARIAS)

DEPARTAMENTO DE FISIOTERAPIA

ÁREA DE FISIOTERAPIA

09/234-235/19 Hospital/Distrito de atención primaria:

Hospital Universitario Virgen del Rocío.

Número de plazas: 2 ASCIS.

Perfil asistencial: Traumatología.

Dedicación: AP03.

Carácter: Anual.

09/236-237-238/19 Hospital/Distrito de atención primaria:

Hospital Universitario Virgen del Rocío.

Número de plazas: 3 ASCIS.

Perfil asistencial: Lesionados medulares.

Dedicación: AP03.

Carácter: Anual.

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