Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 07/08/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 1 de agosto de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se reajustan las anualidades y se modifica la distribución del crédito de la convocatoria de 2018, de las subvenciones para la realización de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo, reguladas en la Orden de 16 de julio de 2018.

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La Resolución de 3 de octubre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, establece la convocatoria para el ejercicio 2018 de las subvenciones públicas reguladas en la Orden de 16 de julio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía.

Los proyectos podrán tener carácter provincial, cuando las actuaciones se desarrollen en una única provincia, o multiprovincial, cuando las actuaciones se desarrollen en más de una provincia de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las solicitudes se resolverán atendiendo al ámbito territorial y/o funcional de competitividad provincial y autonómica, respectivamente.

El apartado 1 del resolutorio segundo de la citada resolución contempla las disponibilidades presupuestarias existentes para la concesión de estas subvenciones, destinando un total de veintidós millones de euros (22.000.000 €), con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, para las anualidades 2018 y 2019, distribuido, con carácter estimado, en los distintos ámbitos territoriales de competitividad.

Al objeto de proceder a la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones en el ejercicio 2019, resulta necesario proceder a un reajuste de las anualidades de la convocatoria que posibilite la ejecución de los proyectos en los ejercicios de 2019 y 2020.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.a).6 del cuadro resumen de la Orden de 16 de julio de 2018, a fin de garantizar la ejecución de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la correspondiente convocatoria se podrán establecer los mecanismos o pautas necesarias para garantizar el desarrollo de los proyectos en todas las provincias andaluzas.

A este respecto, teniendo en cuenta el número de solicitudes que se han recibido en cada uno de los ámbitos territoriales de competitividad, y con la finalidad de adaptar las disponibilidades presupuestarias de las subvenciones a las necesidades existentes, dado el carácter estimativo del reparto inicialmente establecido en la resolución de convocatoria en el ámbito de competitividad territorial, se hace necesario realizar una modificación en la distribución de los créditos inicialmente aprobados, al objeto de adaptar las disponibilidades presupuestarias a las solicitudes presentadas, habida cuenta que se han recibido solicitudes de ayudas en los distintos ámbitos provinciales en cuantía distinta a la inicialmente prevista para cada ámbito de actuación.

Por su parte, la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, en su artículo 5.2, prevé que la modificación de la distribución inicialmente aprobada, que vendrá motivada por razones de interés público ajustadas a la normativa en vigor y, en su caso, a las bases reguladoras, requerirá la tramitación del correspondiente expediente de reajuste de anualidades. Este reajuste no precisará la modificación de las convocatorias.

Asimismo, el artículo 9.1 de la citada orden establece que en aquellos casos en los que, de conformidad con las bases reguladoras, existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que necesariamente debe indicar la convocatoria. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por parte del órgano que efectuó la convocatoria, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, dándole difusión en los mismos medios de publicidad de aquélla.

La Orden de 16 de julio de 2018, en su disposición adicional primera, dispone que la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo podrá efectuar la convocatoria de las subvenciones reguladas en la misma, en función de las disponibilidades presupuestarias, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera.

En virtud de lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Políticas Activas de Empleo, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional primera de la Orden de 16 de julio de 2018, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

Primero. Reajustar las anualidades de los créditos asignados para la convocatoria de 2018 de las subvenciones públicas para la realización de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo, establecidas en el apartado 1 del Resolutorio segundo de la Resolución de 3 de octubre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, para las anualidades 2019 y 2020, resultando las siguientes cuantías máximas por anualidades:

Cuantías máximas

Partida Presupuestaria/
Código de Proyecto

Anualidad 2019
(en euros)

Anualidad 2020
(en euros)

Totales
(en euros)
1039010000 G/32L/48008/00 01 16.500.000 5.500.000 22.000.000

Segundo. Modificar la distribución del crédito correspondiente al ámbito de concurrencia territorial establecida en el apartado 2 del Resolutorio Segundo de la Resolución de 3 de octubre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, resultando las siguientes cuantías máximas:

ÁMBITO TERRITORIAL Y/O DE COMPETITIVIDAD PROVINCIAL
ALMERÍA 1.882.900,00 €
CÁDIZ 1.857.350,00 €
CÓRDOBA 2.029.300,00 €
GRANADA 2.670.000,00 €
HUELVA 2.702.450,00 €
JAÉN 575.000,00 €
MÁLAGA 2.082.000,00 €
SEVILLA 3.052.000,00 €
TOTAL 16.851.000,00 €
ÁMBITO TERRITORIAL Y/O DE COMPETITIVIDAD AUTONÓMICO
TOTAL 5.149.000,00 €

Sevilla, 1 de agosto de 2019.- El Director-Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.

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