Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 08/08/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 1 de agosto de 2019, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se modifica la Resolución de 28 de noviembre de 2012, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia en materia de personal, de gestión económico-financiera, de contratación y de gestión administrativa.

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Con fecha 5 de diciembre 2012, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 28 de noviembre de 2012, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia en materia de personal, de gestión económico-financiera, de contratación y de gestión administrativa.

La nueva configuración de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo llevado a cabo por el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, modificó determinados órganos directivos centrales adscritos al Servicio Andaluz de Empleo, tanto en su denominación como en la atribución de competencias, afectando al ejercicio de las competencias administrativas.

En consecuencia, razones organizativas y de eficacia en la prestación de los servicios, así como de seguridad jurídica, aconsejan actualizar la delegación de competencias actualmente vigente a fin de reflejar adecuadamente los cambios operados y adaptar la misma a lo previsto en el citado Decreto 100/2019, de 12 de febrero.

De otro lado, teniendo como referente el marco normativo establecido mediante la Orden ESS/763/2016, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a financiar la renovación de instalaciones y equipamientos para oficina de empleo con personal del Servicio Público de Empleo Estatal, el Servicio Andaluz de Empleo ha concurrido a las convocatorias de subvenciones publicadas por el Servicio de Empleo Público Estatal correspondientes a los ejercicios 2017, 2018 y 2019.

A este respecto, a fin de posibilitar el cumplimiento de la ejecución de los proyectos de obras previstas en las mismas, y en consonancia con los principios de eficiencia y celeridad administrativa, se hace necesario un nuevo replanteamiento de la delegación de competencias para contratos de obras en las personas titulares de las Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, así como en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en uso de la habilitación establecida en el artículo 10.3 de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo,

RESUELVO

Primero. Modificación de la Resolución de 28 de noviembre de 2012, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia en materia de personal, de gestión económico-financiera, de contratación y de gestión administrativa.

La Resolución de 28 de noviembre de 2012, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia en materia de personal, de gestión económico-financiera, de contratación y de gestión administrativa, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el título del resuelvo segundo de la citada resolución, que queda redactado como sigue:

«Segundo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General competente en materia de intermediación y orientación laboral.»

Dos. Se modifica el subapartado a) del apartado segundo del resuelvo tercero, en los siguientes términos:

«a) Contratos de obras, siempre que el valor estimado del contrato, entendido como el importe total sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o inferior a 2.000.000 de euros».

Segundo. Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de agosto de 2019.- El Presidente, Miguel Ángel García Díaz.

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