Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00160589.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
ANTECEDENTES
Primero. Mediante Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 238, de 14 de diciembre), se convoca proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2015 y 2016. Con fecha 13 de septiembre de 2017 se publica Resolución de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos (BOJA núm. 176, de 13 de septiembre) con indicación de las causas de exclusión.
Segundo. Contra la Resolución de fecha 8 de septiembre de 2017 fue interpuesto, a instancia de don Manuel Javier Perea Yerbes, recurso de reposición contra la mencionada resolución al no aparecer en las listas de aspirantes ni como incluido ni como excluido del proceso selectivo, si bien se le permitió acceder a la celebración del examen, mientras quedara pendiente de resolverse, vía recurso, el motivo de controversia.
Con fecha 16 de octubre de 2017 se dicta Resolución de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública desestimando el recurso de reposición interpuesto por el Sr. Perea Yerbes.
Tercero. Contra la desestimación del recurso de reposición se interpuso recurso contencioso-administrativo, seguido por los cauces del procedimiento núm. 1059/2017 ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, dictándose la sentencia núm. 312/2019, de 18 de febrero de 2019, de acuerdo con la cual se emite el siguiente:
«FALLO
Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Aurelia García-Valdecasas Luque en nombre y representación de don Manuel Javier Perea Yerbes.
Declaramos que la actuación administrativa impugnada es constitutiva de vía de hecho y ordenamos que cese en ella a la Administración, debiendo la demandada requerir de subsanación al demandante para que en el plazo de 10 días proceda a formalizar y a presentar la solicitud de participación en los procesos selectivos de referencia, a cuyo fin, deberá facilitarle con anterioridad al inicio del cómputo el acceso a las correspondientes instancias normalizadas, quedando igualmente obligada la administración, si fuese cumplimentado el requerimiento, a considerar al demandante incluido en la lista definitiva de admitidos de ambos procesos selectivos con efectos desde la fecha en que se publicó la correspondiente a cada uno de ellos, así como a tener por realizadas cuantas actuaciones hubiesen tenido lugar por el aspirante en ambos procesos selectivos, las que serán valoradas conforme a las bases de la Convocatoria dando la oportuna información al interesado, respecto del que se seguirán las demás actuaciones hasta, en su caso, la asignación de plaza que habrá de ser conforme a las plazas ofertadas de acuerdo con el puesto que haya obtenido acorde con la calificación alcanzada en cada proceso selectivo.
Declaramos nulas y sin efectos las resoluciones de la Dirección del Instituto Andáluz de Administración Pública ambas de fecha 16 de octubre de 2017 dictadas en relación con la Convocatoria C1.1000 y Convocatoria C2.1000 que acuerdan desestimar recursos de reposición interpuestos frente a las listas definitivas de admitidos y excluidos en relación con ambos procesos selectivos.
Las costas procesales, que se hubiesen causado serán a cargo de la administración demandada, sin que puedan exceder de 1.500 euros en concepto de honorarios de Letrado.
Cuarto. En cumplimiento de la sentencia núm. 312/2019, de 18 de febrero de 2019, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000), correspondiente a las Oferta de Empleo Público 2015 y 2016, mediante Acta de fecha 21 de mayo de 2019 procede a revisar los exámenes que, de forma condicionada a la resolución del procedimiento contencioso-administrativo realizó don Manuel Javier Perea Yerbes, otorgándole una puntuación en la oposición de:
- Primer ejercicio: 81,000 puntos
- Segundo ejercicio: 17,4889 puntos
- Puntuación total : 98,4889 puntos
La puntuación otorgada a don Manuel Javier Perea Yerbes determina la superación del proceso selectivo
Quinto. El último aspirante que superó el proceso obtuvo una puntuación total de 93,2959 y un número de orden 76. En virtud de lo expuesto, procedería incluir a Manuel Javier Perea Yerbes, en la relación de aspirantes que han superado las mencionadas pruebas selectivas, siendo su puntuación total de 98,4889 puntos y asignándole, en función de esta, el número de orden 32 bis de dicho proceso selectivo.
Sexto. Con fecha 7 de mayo de 2019 el Sr. Perea Yerbes presenta escrito en el que solicita que pudiendo haber obtenido por el número de orden destino en Sevilla, se le ofrezca plaza en dicha localidad
Séptimo. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 5.3 del Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra atribuida a la persona titular de la citada Dirección General, por lo que en uso de dicha competencia,
SE RESUELVE
Primero. 1. Ofertar vacantes, en virtud de ejecución de sentencia, y en relación con las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos, (C2.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2015 y 2016, convocadas mediante Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 238, de 14 de diciembre), a don Manuel Javier Perea Yerbes, con DNI núm. **24805**, con una puntuación reconocida de 98,4889 puntos y un número de orden de 32 bis.
2. Con el fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de presentación de documentación preceptiva y petición de destino se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 2 de septiembre. de 2019, a las 12:30 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla.
Segundo. 1. Al acto deberá comparecer el aspirante, provisto de la documentación que a continuación se relaciona:
a) Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero.
b) Original y fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario, conforme al modelo que se publica como anexo II-A de la presente resolución.
d) Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía.
e) Petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente resolución.
f) Si el aspirante solicitare puestos de trabajo con la característica singular «Contacto habitual con Menores», deberá aportar en el acto presencial que se va a celebrar en la sede de esta Dirección General, certificado de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales, emitido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales, al objeto de favorecer la celeridad de dicho acto. Si no lo aportara, deberá adjuntar la correspondiente Declaración Responsable de no haber sido condenado por sentencia firme en los términos establecidos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, cumplimentando al efecto el formulario que figura en el Anexo II-B de la presente Resolución, al objeto de prestar consentimiento para la consulta de sus datos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, para lo que marcará la casilla correspondiente tanto en el formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B.
2. El personal aspirante que tuviera la condición de personal funcionario de carrera o que estuviera prestando servicios en la Junta de Andalucía, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubieran sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que, de lo consignado en el mismo, se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, requiriéndose, en caso contrario, su acreditación documental.
Tercero. En atención a las prioridades funcionales y organizativas de los servicios de esta Administración y teniendo en cuenta la puntuación otorgada, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente resolución.
Cuarto. En el caso de que, en la fecha fijada en el apartado primero, el interesado no comparezca, salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la orden de convocatoria, no podrá ser nombrado personal funcionario de carrera del Cuerpo de Auxiliares Administrativo (C2.1000), quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, en el caso de que no solicite ninguno de los puestos ofertados, le será asignado uno de oficio por la Administración.
Sevilla, 8 de agosto de 2019.- La Directora General, Natalia Márquez García.
Descargar PDF