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La Agencia Pública Andaluza de Educación convoca proceso selectivo para la provisión de los puestos de titulares de las ocho Gerencias Provinciales de la Agencia Pública Andaluza de Educación, en situación de vacante. Al ser puesto de personal directivo, la convocatoria y su contratación se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, y en el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público. La convocatoria de la Gerencia Provincial de Málaga está sujeta a una situación de excedencia forzosa.
Los puestos requieren formación universitaria, experiencia en el sector público o privado, competencias en dirección, coordinación y gestión de personal, habilidades sociales, alta motivación, implicación y lealtad con la Agencia de Educación, elevada orientación hacia el cliente y los resultados, buena capacidad para el trabajo en grupo y un alto compromiso con el servicio público.
Asimismo, siendo la Agencia Pública Andaluza de Educación una entidad del sector público que tiene como sus finalidad principales la contratación de bienes y servicios, es de elevado interés en este proceso de selección la comprobación de formación y capacidades que deben poseer las personas aspirantes a estos puestos en el ámbito de la contratación pública.
1. Características del puesto. Funciones.
Dirigir y coordinar a su nivel y en su ámbito territorial todas las funciones y competencias asignadas a la Agencia y aquellas otras que le han sido delegadas por la Dirección General. Asimismo, se incluyen las referidas a la dirección y coordinación del personal adscrito a la Gerencia.
2. Régimen de contratación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.4 del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, las personas candidatas para ocupar los puestos convocados, estarán sometidas a la relación laboral de carácter especial de alta dirección.
Retribución anual:
Retribución fija: 52.595,99 €/anuales.
Retribución variable: Importe anual máximo equivalente a 7.172,44 € /anuales.
Antigüedad: Cuando se trate de personal funcionario o laboral, con una relación preexistente de carácter fijo e indefinido en el sector público andaluz, generarán derecho a seguir percibiendo, desde la fecha de su celebración, los trienios o complementos de antigüedad equivalente en la misma cuantía que se viniera percibiendo en la institución, consejería, agencia, sociedad mercantil, fundación, consorcio o universidad de procedencia.
En cualquier caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018 (BOJA de 15).
3. Requisitos de las personas aspirantes.
Los candidatos deberán poseer:
a) Titulación universitaria en alguna de las siguientes titulaciones: Licenciado o Grado en Derecho, Licenciatura o Grado en Arquitectura, Licenciatura o Grado en Ingeniería Superior, Licenciatura o Grado en Dirección y Administración de Empresas, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico y personal docente de los centros adscritos a la Consejería de Educación.
b) Experiencia en el sector público y/o privado en puestos de responsabilidad.
c) Capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las funciones del puesto de Alta Dirección.
d) Disponibilidad permanente para viajar. Imprescindible vehículo propio.
4. Capacidades y experiencia necesarias.
- Altas capacidades y competencias en habilidades directivas, tanto profesionales como de dirección de personas.
- Habilidades sociales y capacidad de interlocución con organismos públicos y privados que tengan relación con la Comunidad Educativa.
- Experiencia de tres años al menos en puestos de gestión, dirección o coordinación en cualquier ámbito de la administración pública o en el sector privado.
- Amplios y sólidos conocimientos sobre contratación pública relacionados con el puesto.
5. Solicitud.
Las personas interesadas tendrán un plazo de siete días naturales, contados a partir del día siguiente al de la Publicación en el BOJA de esta convocatoria, para remitir la solicitud a la atención del Director General.
Las solicitudes y documentación adjunta deberán presentarse preferentemente en los distintos registros de la Agencia Pública Andaluza de Educación cuyas sedes están relacionadas en la página web de la misma (www.agenciaandaluzaeducacion.es), todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. De presentarse ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que sean fechadas y selladas las solicitudes antes de ser certificadas. De no ser así, no podrán considerarse como presentadas en esa fecha.
No obstante lo anterior, las solicitudes se deberán remitir igualmente a la Agencia Pública Andaluza de Educación, a la siguiente dirección de correo electrónico, rrhh.agenciaedu@juntadeandalucia.es acompañada de un escrito en el que la persona aspirante deberá motivar su presentación a la convocatoria con indicación de la vacante de la Gerencia/s a la que opta/n. Asimismo, deberá acompañarse de copia de la titulación universitaria, cursos y méritos alegados en dicha carta, adjuntando los documentos originales o copias compulsadas de los mismos.
Serán excluidas del proceso de selección todas las personas aspirantes que no reúnan los requisitos de participación exigidos en las presentes bases de la convocatoria o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o hayan incumplido los términos formales de presentación señalados en los párrafos anteriores.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación provisional de personas solicitantes admitidas y no admitidas con indicación, en su caso, de la causa de no admisión, concediéndose un plazo de tres días hábiles desde su publicación para realizar las alegaciones que se estimen oportunas.
Una vez transcurra dicho plazo, se publicará la lista definitiva de las personas trabajadoras aspirantes.
Una vez hecho público el resultado del procedimiento selectivo, se abrirá un plazo de tres días hábiles desde la publicación para que las personas interesadas formulen las alegaciones que estimen oportunas.
6. Lugares de publicación de la convocatoria.
Esta convocatoria se publicará en la página web de la Agencia Pública Andaluza de Educación, en la página de Publicidad activa de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
7. Proceso de selección.
En la valoración de las personas aspirantes se atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad y adecuación a perfil profesional de la persona candidata, en relación con el puesto de trabajo a desempeñar.
La idoneidad de las personas aspirantes definitivamente admitidas será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por las mismas.
La Dirección General nombra a la siguiente Comisión de Evaluación, cuya función será la de evaluar los perfiles presentados en base al procedimiento que se detalla en este apartado:
Presidenta: Doña Marta Escrivá Torralva.
Suplente: Don José María Ayerbe Toledano.
Secretario: Don Diego Manuel Talavera Sánchez.
Suplente: Don Arturo Azorit Jiménez.
Vocal: Don Luis Rodríguez Avilés.
Suplente: Don Juan Vela Quiroga.
Vocal: Doña Carmen Roldán Vendrell.
Suplente: Doña Marta Cañal Pérez.
El proceso de selección se valorará sobre un máximo de 100 puntos, constando éste de tres partes consistentes en: una prueba de conocimiento que podrá alcanzar hasta 70 puntos, una valoración de méritos que podrá alcanzar hasta 20 puntos, y una entrevista personal que podrá otorgar hasta un máximo de 10 puntos.
1. Prueba de conocimiento: En esta prueba se valorarán los conocimientos sobre contratación pública necesarios para el correcto ejercicio de este puesto.
La prueba consistirá en 30 preguntas sobre las materias expresadas, tipo test y que se irán sumando de manera acumulativa hasta un máximo de 70 puntos. Se establece un umbral de 30 puntos, de manera que toda aquella persona que en esta prueba no supere dicha puntuación no podrá seguir adelante con el procedimiento.
2. Valoración de méritos: En esta fase se valorarán los méritos acreditados por las personas aspirantes de la siguiente manera:
a) Titulaciones distintas a la aportada como requisito básico:
- Licenciatura, Grado o diplomatura: 5 puntos por cada una, con máximo de 10 puntos.
- Máster: 2,5 puntos por cada uno, con máximo de 5 puntos.
- Otros cursos recibidos relacionados con el puesto: 0,5 puntos por cada uno, con máximo de 2,5 puntos.
- Cursos impartidos relacionados con el puesto: 0,5 puntos por cada uno, con máximo de 2,5 puntos.
3. Entrevista personal, en esta fase se valorarán varios aspectos personales necesarios para el desarrollo del puesto, que serán los que a continuación se determinan:
- Alta capacidad de implicación, dedicación y motivación.
- Elevada orientación al cliente, a la consecución de objetivos y al cumplimento de resultados.
- Capacidad de análisis y toma de decisiones.
- Liderazgo y capacidad de motivación de equipos de trabajo.
- Flexibilidad y excelente disposición para el trabajo en grupo.
- Compromiso con el servicio público, especialmente el relacionado con la administración educativa.
- Implicación absoluta y compromiso leal con la Agencia de Educación.
Las fechas en las que se vayan convocando estas pruebas se anunciarán en la página web de la Agencia con una antelación mínima de dos días.
Una vez evaluadas todas las personas candidatas, se sumarán las puntuaciones obtenidas en las pruebas descritas y se considerarán válidas para optar al puesto todas aquellas que hayan conseguido una puntuación superior a 70 puntos. De entre ellas, la Dirección General elevará una propuesta de nombramiento al Consejo Rector, atendiendo a los criterios de mérito y capacidad de cada una de ellas.
Una vez resuelto el concurso, se procederá a la publicación de la correspondiente resolución en la página web de la Agencia.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Dirección General.
Camas, 12 de agosto de 2019.- El Director General, Manuel Cortés Romero.
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