Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00149327.
BDNS (Identif): 435527 y 435528.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2019, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea: Subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural.
- Subvenciones a organizaciones profesionales agrarias:
Partida presupuestaria: 1900010000 G/71A/48501/00 01, por un importe máximo de 3.355.920 euros.
- Subvenciones a federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural:
Partida presupuestaria: 1900010000 G/71A/48500/00 01, por un importe máximo de 1.148.697 euros.
- Subvenciones a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz:
Partida presupuestaria: 1900010000 G/71P/44200/00 01, por un importe máximo de 174.644 euros.
Partida presupuestaria: 1900010000 G/71P/48300/00 01, por un importe máximo de 396.288 euros.
Segundo. Personas beneficiarias.
Las organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias, entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural y organizaciones representativas del sector pesquero andaluz que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 16 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural y a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz.
Tercero. Objeto.
Contribuir al funcionamiento, gestión y realización de actividades de colaboración, divulgación, transferencia de tecnología agraria o relacionadas con el desarrollo rural, así como contribuir al funcionamiento, gestión y realización de actividades de colaboración, divulgación, transferencia de tecnología pesquera, la realización de actividades específicas de especial interés para el sector pesquero y aquellas que fomenten la defensa de los intereses económicos y sociales de las mujeres que trabajan en el sector pesquero andaluz y favorezcan su integración.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 16 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural y a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz (BOJA núm. 40, de 25 de febrero de 2011).
Quinto. Importe.
La dotación de la línea de subvención se detalla en el apartado primero del presente extracto, no existiendo un importe mínimo ni máximo por persona beneficiaria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 15 de enero de 2019.- El Viceconsejero, Ricardo Domínguez García-Baquero.
Descargar PDF