Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 171 de 05/09/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 2 de septiembre de 2019, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de Subdirección General.

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La Agencia de Medio Ambiente y Agua necesita cubrir el puesto de Subdirección General, a cuyo efecto convoca el correspondiente proceso selectivo. De acuerdo con el artículo 22. 2 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 104/2011, de 19 de abril, el régimen jurídico de la relación natural será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía; y conforme al apartado 3 del mismo precepto, la designación del personal directivo atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.

Esta Dirección Gerencia está expresamente habilitada por el Consejo Rector, en sesión de fecha 10 de abril de 2019, para tramitar los procesos selectivos de personal directivo profesional, y en concreto el correspondiente a la Subdirección General. Corresponde al Consejo Rector de la Agencia, con arreglo a lo señalado por el artículo 9.l de sus Estatutos, nombrar y cesar al personal que ejerza funciones de alta dirección, salvo aquél que, por las funciones que tenga asignadas, deba ser nombrado por Consejo de Gobierno. A tal efecto, finalizado el proceso de selección, la Dirección Gerencia elevará al Consejo Rector la propuesta de nombramiento de la persona seleccionada.

RESUELVO

Único. Convocar el proceso para la selección de la persona que deba desempeñar el cargo de subdirector general en la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, conforme a lo siguiente:

1. Funciones: Las que constan en el anexo, epígrafe II del reglamento de régimen interior de la Agencia, en la redacción dada por acuerdo del Consejo Rector, adoptado en su sesión de fecha 27 de junio de 2019, publicado mediante Resolución de 10 de julio de 2019, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior. BOJA número 138, de 19.7.2019.

2. Régimen de contratación: La persona candidata para ocupar el puesto que se convoca, estará sometida a la relación laboral de carácter especial de alta dirección y en tal sentido se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de Alta Dirección, así como por la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que resulte de aplicación al personal directivo profesional del sector público andaluz, en especial la establecida en materia presupuestaria.

Retribución anual: Retribución fija: 57.098,16 euros.

Retribución fija transitoria por cumplimiento objetivos: 1.998,33 euros.

Antigüedad: Cuando se trate de personal funcionario o laboral, con una relación preexistente de carácter fijo e indefinido en el sector público andaluz, generarán derecho a seguir percibiendo, desde la fecha de su celebración, los trienios o complementos de antigüedad equivalente en la misma cuantía que se viniera percibiendo en la institución, consejería, agencia, sociedad mercantil, fundación, consorcio o universidad de procedencia.

3. Requisitos y méritos de los aspirantes.

Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Generales.

- Tener la nacionalidad española.

- Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles/as y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

- También podrán participar quienes no estando incluidos/as en el punto anterior se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.

- Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, según lo dispuesto por el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

- No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.

En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

b) Requisitos específicos.

1.º Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.

2.º Capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las funciones del puesto de Alta Dirección.

3.º Experiencia acreditadas en puestos de dirección.

4.º Conocimientos necesarios:

Competencias en habilidades directivas.

Experiencia en dirección y coordinación de equipos multidisciplinares, relacionados con las funciones propias del puesto.

Habilidades sociales y capacidad de interlocución con organismos públicos y privados.

5.º Se valorará: conocimiento de idiomas; alta capacidad de implicación, dedicación y motivación; capacidad de liderazgo; formación en prevención de riesgos y conocimientos jurídicos, elevada orientación a la consecución de objetivos y al cumplimento de resultados; capacidad de análisis; compromiso por lo medioambiental, teniendo sentido de lo público y lealtad a la organización; y actitud positiva en políticas de género

4. Solicitud.

Los/as interesados/as tendrán un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria para remitir la solicitud a la atención del Director Gerente.

Las solicitudes deberán remitirse a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, vía correo electrónico a la dirección gestionrrhh.amaya@juntadeandalucia.es acompañada de una carta en la que la persona aspirante deberá motivar su presentación a la convocatoria, relacionar sus datos y méritos en orden a acreditar el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, así como una explicación sobre su visión del sector público andaluz, en general, y sobre la Agencia de Medio Ambiente y Agua, en particular.

Deberá así mismo acompañarse de copia de la titulación, cursos y méritos alegados en dicha carta, adjuntando los documentos originales o fotocopias compulsadas de los mismos. Asimismo, podrán presentarse las solicitudes y documentación adjunta en los distintos registros en SS.CC. y oficinas de gerencias provinciales, cuyas direcciones pueden obtenerse en la página web de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía https://www.agenciamedioambienteyagua.es/.

Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos de participación exigidos en las presentes bases de la convocatoria o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o hayan incumplido los términos formales de presentación señalados en los párrafos anteriores.

5. Lugares de publicación de la convocatoria. En la página web de la Agencia de Medioambiente y Agua y BOJA.

6. Proceso de selección. En la valoración de los/las aspirantes se atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad y adecuación a perfil profesional de la persona candidata, en relación con el puesto de trabajo a desempeñar. La idoneidad de los/as aspirantes definitivamente admitidos será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por los mismos, por el Órgano Competente de Selección. Las personas candidatas que resulten preseleccionadas a criterio del Órgano Competente de Selección, podrán ser citadas para la realización de una entrevista personal, que versará sobre puntos concretos de los méritos alegados y, en general, sobre todos aquellos aspectos que permitan evaluar la idoneidad de la persona candidata para el puesto. Una vez resuelto el concurso se procederá a la publicación de la correspondiente resolución en la página web de la Agencia y BOJA.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, de manera potestativa, con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Dirección Gerencia.

Sevilla, 2 de septiembre de 2019.- El Director Gerente, Javier de Torre Mandri.

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