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NIG: 2906742C20160034920.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1409/2016. Negociado: D.
Sobre: Ordinario.
De: Don Manuel Emilio Romero Martín.
Procurador: Sr. Javier Bueno Guezala.
Letrado: Sr. Antonio José Bravo Antolín.
Contra: Tele Elviria Sociedad Anónima.
EDICTO
En autos de procedimiento ordinario tramitados en el Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga bajo el numero 1409/2016, se ha dictado resolución Sentencia de fecha seis de marzo de dos mil diecinueve que, ante la imposibilidad de su comunicación a la parte Tele Elviria Sociedad Anónima, después de agotar todos los medios de averiguación expresamente determinados en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y por aplicación de lo dispuesto en el art. 156, en relación al art. 164 del mismo cuerpo legal, la misma se verifica a través del presente, y todo ello sin perjuicio de los derechos que le asisten en defensa de sus intereses.
En Málaga, a veintitrés de abril de dos mil diecinueve.- El Letrado de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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