Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 12/09/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 9 de julio de 2019, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de educación secundaria «Internacional de Granada», de Dílar (Granada). (PP. 1939/2019).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Pedro Vargas Gualda y doña María Justa Vargas Gualda, como representantes mancomunados de Grupo Educativo Sulayr, S.L., entidad titular del centro docente privado de educación «Internacional de Granada», con domicilio en Urb. Cañadas del Parque, s/n, de Dílar (Granada), por el que se solicita modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación de sus enseñanzas en cuatro unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Ciencias y dos en la de Humanidades y ciencias sociales), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 18013940, tiene autorización para impartir cuatro unidades de educación secundaria obligatoria.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Granada y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «Internacional de Granada», código 18013940 y domicilio en Urb. Cañadas del Parque, s/n, de Dílar (Granada), cuyo titular es la entidad Grupo Educativo Sulayr, S.L., que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 4 unidades con 120 puestos escolares.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias: 2 unidades con 46 puestos escolares.

- Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 2 unidades con 24 puestos escolares.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Sexto. De conformidad con el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2019/2020.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de julio de 2019

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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