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De conformidad con lo establecido en las bases 11 y 12 del Anexo I de la Resolución de 14 de abril de 2015 (BOJA núm. 73, de 17 de abril), de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Auxiliar de Enfermería, entre otras, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, finalizado el plazo para solicitar destino y presentar la documentación requerida; verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria; resueltas las solicitudes de alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General,
RESUELVE
Primero. Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Auxiliar de Enfermería que se relacionan en el Anexo I de esta resolución con expresión del centro de destino adjudicado. De conformidad con lo establecido en la base 11.1 de la convocatoria, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición y al orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la base 11.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en la base 10.2 de la convocatoria respecto a las personas aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
Segundo. Publicar las solicitudes denegadas de alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza de las personas aspirantes que figuran relacionadas en el Anexo II, de conformidad con lo establecido en la base 10.2, bien por haber obtenido el primer destino solicitado o destino en el ámbito geográfico demandado, o bien, oído en su caso el comité técnico de valoración constituido al efecto, al considerar tras la valoración de los certificados e informes presentados, que no se acredita dependencia personal ni dificultades de desplazamiento, entendida esta como limitación relevante para trasladar el domicilio habitual, por lo que no procede acceder a la alteración de orden solicitada.
Tercero. De conformidad a lo establecido en la base 12.2 de la convocatoria, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de septiembre de 2019.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.
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