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El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho, entre otros por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.
El proyecto normativo pretende actualizar la respuesta a la evolución del estado y calidad de las aguas en las zonas sensibles de Andalucía, designadas conforme al Decreto 36/2008, de 5 de febrero, por el que se designan las zonas vulnerables y se establecen medidas contra la contaminación por nitratos de origen agrario. El buen estado y calidad de las aguas continentales es un bien común que requiere una absolutamente prioritaria protección y cuidado tanto por sus implicaciones medioambientales como sanitarias.
Por ello, se actualizan los distintos programas de actuaciones a ejecutar sobre las zonas sensibles designadas de Andalucía, por la necesidad, constatada objetivamente, de proteger masas de agua ubicadas en los recintos cuya calidad se ha ido degenerando rápidamente en los últimos años. El presente proyecto acota sus efectos a estos recintos, los cuales suponen espacios muy concretos, no interviniendo en aquellos territorios en que los que la situación no demanda una acción inmediata.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 1 de junio de 2015, por la que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en Andalucía, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:
a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/180846.html.
b) En formato papel, en la sede del Servicio de Producción Agrícola de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y se podrán realizar:
a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico sv-pa.capder@juntadeandalucia.es.
b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de septiembre de 2019.- El Director General, Manuel Gómez Galera.
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