Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 07/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 24 de septiembre de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 834/2019.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00162726.

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 834/2019 Negociado: 05.

NIG: 2906744420180014669.

De: D/D.ª ELIA GUTIERREZ CORRALES, DAVID PEREZ JIMENEZ, AGUSTIN AMENTA FERNANDEZ, DARIO CRUZADO ALCOBA, FRANCISCO JAVIER GUERRERO PEREZ, DUNIA GONZALEZ CALDERON, ELNAZ HAMIDI, ENRIQUE TRUJILLO DOMINGUEZ, OSCAR AUINGUTAN MAKABENTA, SERGIO CACDC COSTALES, DORELLI CELESTE, NATALIA GABRIELA AMENTA, JENER LOPEZ RAMOS, JERRY LOPEZ RAMOS, SOFIA AIDA MARQUEZ ROMERO, YUSRA MOHAMED MOHAMED, SAMIR MOHAMED MOHATAD, NAJWA MORCHID FILALI, WALID MORCHID FILALI, RAQUEL MORENO DOMINGUEZ, RATCHAKIAD NOUISUPHAN, SHEBA PERLADO GARCIA, MARJORY ROQUE CORDERO y ROBERTO TEJADA KNIGHT.

Abogado: Paloma Azahara Centella Galán.

Contra: Persépolis Pride, S.L.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 834/2019 a instancia de la parte actora D/D.ª ELIA GUTIERREZ CORRALES, DAVID PEREZ JIMENEZ, AGUSTIN AMENTA FERNANDEZ, DARIO CRUZADO ALCOBA, FRANCISCO JAVIER GUERRERO PEREZ, DUNIA GONZALEZ CALDERON, ELNAZ HAMIDI, ENRIQUE TRUJILLO DOMINGUEZ, OSCAR AUINGUTAN MAKABENTA, SERGIO CACDC COSTALES, DORELLI CELESTE, NATALIA GABRIELA AMENTA, JENER LOPEZ RAMOS, JERRY LOPEZ RAMOS, SOFIA AIDA MARQUEZ ROMERO, YUSRA MOHAMED MOHAMED, SAMIR MOHAMED MOHATAD, NAJWA MORCHID FILALI, WALID MORCHID FILALI, RAQUEL MORENO DOMINGUEZ, RATCHAKIAD NOUISUPHAN, SHEBA PERLADO GARCIA, MARJORY ROQUE CORDERO y ROBERTO TEJADA KNIGHT contra Persépolis Pride, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 24.9.19, del tenor literal siguiente:

«PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Iltma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 27/02/19, despachándose la misma a favor de D. ELIA GUTIERREZ CORRALES, DAVID PEREZ JIMENEZ, AGUSTIN AMENTA FERNANDEZ, DARIO CRUZADO ALCOBA, FRANCISCO JAVIER GUERRERO PEREZ, DUNIA GONZÁLEZ CALDERON, ELNAZ HAMIDI, ENRIQUE TRUJILLO DOMINGUEZ, OSCAR AUINGUTAN MAKABENTA, SERGIO CACDC COSTALES, DORELLI CELESTE, NATALIA GABRIELA AMENTA, JENER LOPEZ RAMOS, JERRY LOPEZ RAMOS, SOFIA AIDA MARQUEZ ROMERO, YUSRA MOHAMED MOHAMED, SAMIR MOHAMED MOHATAD, NAJWA MORCHID FILALI, WALID MORCHID FILALI, RAQUEL MORENO DOMINGUEZ, RATCHAKIAD NOUISUPHAN, SHEBA PERLADO GARCIA, MARJORY ROQUE CORDERO y ROBERTO TEJADA KNIGHT, contra Persépolis Pride, S.L., por la cantidad de 285.345,31 € en concepto de principal, más la de 57.069€ calculados los intereses y costas, siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.

Consúltense y obténganse de la aplicación de la AEAT, la TGSS, y, en su caso domicilio Fiscal de empresas acreedoras de la ejecutada, así como los datos oportunos imprescindibles a fin de asegurar la efectividad de la presente ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

- Recabar información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, y librése otros despachos que resulten necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada

- Requerir al/los ejecutado/s, a fin de que en el plazo de 10 días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

- Requerir al ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.

A la vista de la averiguación patrimonial practicada:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.

*El embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es: Que figuran en el listado de entidades financieras que han firmado acuerdo con el Consejo General del Poder Judicial para embargos Telemáticos, hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto líbrese oficio a dicha entidad. Debiendo proceder a dicha retención y puesta a disposición, aún cuando en el momento de recibir dicho oficio no existiese cantidad alguna disponible, si con posterioridad a ello existiesen saldos o productos bancarios realizables. En el caso de que la retención ordenada afecte a salario, sueldos, pensiones, jornales o retribuciones se les aplicará los límites previstos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

*El embargo de las devoluciones que por IVA, Rentas u otros conceptos puedan corresponder al ejecutado. Líbrese oficio a la Delegación de Hacienda de Málaga, para que proceda a su retención y puesta a disposición de este Juzgado.

Se informa a las partes que podrán designar número de cuenta para el caso de que haya que hacerles entrega de dinero.»

Y para que sirva de notificación al demandado Persépolis Pride, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF