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El Ayuntamiento de Mijas (Málaga), en base a los acuerdos adoptados por Pleno y Junta de Gobierno Local, de 29 de noviembre de 2018 y 6 de febrero de 2019, respectivamente, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la creación y clasificación del puesto de trabajo denominado Títular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional con las funciones que para dichos puestos contempla la legislación que resulta de aplicación contemplada en el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en los artículos 126 y 127 de la misma ley.
La documentación presentada para la acreditación de la creación del citado puesto se concreta en certificado de Órgano de Apoyo de la inclusión del puesto en el Presupuesto y en la Relación de Puestos de Trabajo de la entidad, de las características del puesto y su forma de provisión y de cumplimiento de la normativa aplicable y de dotación presupuestaria.
El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, regula estos puestos en la disposición adicional cuarta.
Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el artículo 159 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la disposición adicional cuarta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y por el artículo 14.1.f) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local
R E S U E L V E
Primero. Crear y clasificar un puesto de trabajo de Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local en el Ayuntamiento de Mijas (Málaga), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior.
Segundo. La provisión del puesto, que tiene asignado nivel 30 de complemento de destino, será mediante libre designación.
Tercero. La presente resolución desplegará su eficacia respecto a sus determinaciones sobre las clasificaciones de los distintos puestos con ocasión de su primera cobertura conforme a cualesquiera de los sistemas previstos en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y, subsidiariamente, a los tres meses desde su dictado.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.
Sevilla, 1 de octubre de 2019.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
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