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Mediante Orden de 16 de febrero de 2018, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2018 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, a la Medida 11: Agricultura Ecológica y a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015 y de la Orden de 14 de abril de 2016 (BOJA número 37, de 21 de febrero de 2018), se convocaron para el año 2018 las ayudas reguladas en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015.
De conformidad con el apartado b) del artículo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, el apartado sexto, de la Orden de 16 de febrero de 2018, dispone que el importe del crédito presupuestario para la convocatoria de 2018 asciende a la cuantía de 31.000.000,00 euros para las operaciones de la citada Medida 11: Agricultura ecológica.
Teniendo en cuenta que con posterioridad a la publicación del citado acto de convocatoria se ha llevado a cabo un ajuste de los créditos disponibles en consideración al presupuesto global asignado en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, se hace necesario, por los motivos expuestos, dictar la presente orden al amparo de lo dispuesto en el apartado d) del artículo 10 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, con objeto de fijar una cuantía adicional a la prevista en el resuelvo sexto de la Orden de 16 de febrero de 2018, para la concesión de las ayudas de la Medida 11: Agricultura Ecológica.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en base a lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Primero. Producido un ajuste del crédito disponible previsto inicialmente para la convocatoria 2018, y en base al artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, procede fijar una cuantía adicional a la prevista en el resuelvo sexto de la Orden de 16 de febrero de 2018, para la concesión de las ayudas de la Medida 11: Agricultura Ecológica, por un importe de 10.400.00,00 euros, ascendiendo la cuantía del crédito disponible para la citada convocatoria a 41.400.000,00 euros, con la siguiente distribución por partidas:
Medida | Operación | Ejercicio | Partida presupuestaria | Dotación |
Medida 11: Agricultura ecológica |
11.2.1. Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería ecológica: cultivos herbáceos y cultivos permanentes distintos de olivar. | 2019 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1121G4 | 6.500.000,00 |
2020 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1121G4 | 6.500.000,00 | ||
2021 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1121G4 | 6.500.000,00 | ||
2022 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1121G4 | 6.500.000,00 | ||
2023 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1121G4 | 7.000.000,00 | ||
11.2.2. Mantenimiento de prácticas y métodos agricultura ecológica en olivar. | 2019 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1122G0 | 1.600.000,00 | |
2020 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1122G0 | 1.600.000,00 | ||
2021 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1122G0 | 1.600.000,00 | ||
2022 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1122G0 | 1.600.000,00 | ||
2023 | 1300110000/G/71F/77400/C14A1122G0 | 2.000.000,00 |
2. Distribución del presupuesto de las operaciones de la Medida 11 entre las actuaciones subvencionables. Convocatoria 2018:
Operación | Actuaciones | Presupuesto |
11.2.1. Mantenimiento a Prácticas y Métodos de Agricultura y Ganadería Ecológica | Cultivos herbáceos | 16.300.000,00 |
Cultivos permanentes distintos de olivar | 16.700.000,00 | |
TOTAL | 33.000.000,00 | |
11.2.2. Mantenimiento de Prácticas y Métodos de Agricultura Ecológica en Olivar | Olivar | 8.400.000,00 |
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y será de aplicación a todas aquellas solicitudes correspondientes a la campaña 2018.
Sevilla, 3 de octubre de 2019
CARMEN CRESPO DÍAZ | |
Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible |