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Intentada la notificación sin haberse podido practicar, de la resolución del expediente sancionador GR/070/2019, incoado contra los titulares con NIE X7670309Q y X7670300, del alojamiento turístico, sito en BO UEI2 3, Es: D, PI: 01, Pt: 36, PARC. 3, de la localidad de Vélez de Benaudalla (Granada), por infracción a la normativa turística, por medio del presente y en virtud de lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), se publica el presente anuncio de somera indicación del contenido del acto, para que sirva de notificación de la resolución recaída por infracción del artículo 71.1 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía (BOJA núm. 255, de 31 de diciembre). El plazo para el pago de la sanción impuesta será, si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, y si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, será desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Para conocer el contenido íntegro de la resolución y retirar el impreso de liquidación, podrán personarse en la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, sita en Granada, calle Marqués de la Ensenada, núm. 1, 1.ª planta, con advertencia de que, en caso de no hacerlo, se procederá al cobro en vía ejecutiva de apremio. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación.
Granada, 7 de octubre de 2019.- El Delegado, Gustavo Adolfo Rodríguez Fernández.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, y con carácter complementario a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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