Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 11/10/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Orden de 7 de octubre de 2019, por la que se establece la distribución complementaria de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las Ayudas Económicas Familiares correspondientes al ejercicio 2019, con crédito procedente del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

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El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, contempla en su artículo 7 las Ayudas Económicas Familiares como una prestación propia de los mismos, de carácter temporal y preventivo, y cuya finalidad es mantener a los y las menores en su medio familiar, debiendo gestionarse las mismas por los Servicios Sociales Comunitarios.

Mediante el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía, se determina que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de dichos Servicios Sociales serán transferidos por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes y las cantidades se abonarán en concepto de transferencias de financiación.

La Orden de 10 de octubre de 2013 regula las Ayudas Económicas Familiares y su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales, estableciendo en su artículo 7 la documentación precisa para la liquidación de los créditos distribuidos.

El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), asigna a la misma competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios y competencias en la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y conciliación.

El pasado 25 de julio en BOJA núm. 142 se publicó la Orden de 19 de julio de 2019, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las ayudas económicas familiares correspondientes al ejercicio 2019, en la partida correspondiente de los Presupuestos de la Junta de Andalucía para dicho ejercicio en el Programa presupuestario 31E, cuya cuantía asciende a 2.034.627,44 €.

En el marco de la Orden SCB/777/2019, de 15 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de julio de 2019, por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se destinan a la financiación de los planes o programas sociales, para el ejercicio 2019, la cuantía para el Programa de Ayudas Económicas Familiares para el presente ejercicio asciende a la cantidad de 10.186.240,42 €, en la partida presupuestaria 1600180000 G/31E/46401/00 S0656.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Infancia y Conciliación, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con las competencias que me confieren los artículo 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma Andaluza,

DISPONGO

Primero. Ordenar para el ejercicio 2019 la distribución de los créditos complementarios que deben satisfacerse por la Comunidad Autónoma de Andalucía, con crédito procedente del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios andaluces con población superior a veinte mil habitantes y la transferencia de los mismos, conforme se establece en el Anexo I, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, y en la Orden de 10 de octubre de 2013.

Segundo. La presente orden tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de octubre de 2019

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

ANEXO I

PROVINCIA CORPORACIÓN LOCAL CUANTÍA
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA 235.890,00 €
ALMERÍA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA 277.111,00 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ADRA 29.724,00 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 100.349,00 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE NÍJAR 34.637,00 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR 115.601,00 €
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE VÍCAR 30.815,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ 134.764,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA 285.675,00 €
CÁDIZ DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ 249.403,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS 155.491,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA 45.099,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE BARBATE 31.656,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS 29.598,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA 111.640,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA 27.104,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN 82.635,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA 111.889,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL 53.807,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ROTA 35.003,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO 119.377,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE 38.498,00 €
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA 94.734,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA 395.421,00 €
CÓRDOBA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA 337.188,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE BAENA 23.376,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE CABRA 23.549,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE LUCENA 54.283,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE MONTILLA 26.354,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO 26.493,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA 26.124,00 €
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL 38.480,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE GRANADA 263.208,00 €
GRANADA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA 557.846,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR 29.650,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE ARMILLA 29.817,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE BAZA 23.074,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE GUADIX 27.088,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE LAS GABIAS 21.840,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE LOJA 24.565,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE MARACENA 27.616,00 €
GRANADA AYUNTAMIENTO DE MOTRIL 72.976,00 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE HUELVA 177.366,00 €
HUELVA DIPUTACIÓN DE HUELVA 283.116,00 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE 25.638,00 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ALMONTE 28.848,00 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE 23.710,00 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA 27.739,00 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE LEPE 32.840,00 €
HUELVA AYUNTAMIENTO DE MOGUER 23.729,00 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE JAÉN 127.979,00 €
JAÉN DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN 400.686,00 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL 22.538,00 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR 45.845,00 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE LINARES 73.512,00 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE MARTOS 26.237,00 €
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA 40.510,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA 686.300,00 €
MÁLAGA DIPUTACIÓN DE MÁLAGA 269.779,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN DE LA TORRE 48.914,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE 30.007,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA 48.176,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA 75.306,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA 33.153,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE COÍN 26.485,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA 75.882,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA 79.148,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MARBELLA 157.502,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MIJAS 93.929,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE NERJA 23.233,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA 54.840,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RONDA 39.739,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS 76.553,00 €
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA 98.207,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE SEVILLA 815.477,00 €
SEVILLA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA 768.724,42 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 100.933,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS 29.053,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CAMAS 36.712,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CARMONA 36.568,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RÍO 40.049,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS 175.088,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA 52.717,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA 36.689,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALCOR 30.709,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE 55.391,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA 34.049,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA 53.310,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA 51.767,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE 28.609,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE TOMARES 29.843,00 €
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE UTRERA 73.658,00 €
TOTAL 10.186.240,42 €
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