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Advertido error en la Resolución de 16 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se modifica el período hábil de pesca en los embalses de Guadalcacín II, Zahara-El Gastor, los Hurones, Bornos y Arcos, ubicados en la provincia de Cádiz, y se regula la utilización de medios auxiliares de pesca, así como medidas de control y desinfección de los mismos, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 182, de 20 de septiembre de 2019, procede, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, rectificarlo en los siguientes términos:
En el pie de recurso de la citada resolución:
Donde dice:
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso de alzada, la resolución será firme a todos los efectos.
Debe decir:
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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