Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00162468.
NIG: 1101242C20170008682.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1212/2017. Negociado: I.
Sobre: Contratos en general.
De: Paelsa Sevilla, S.L.
Procurador: Sr. Félix del Valle Vigón.
Letrada: Sra. Marta Bonilla Damunt.
Contra: José Agustín Bonilla Bernal.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1212/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz a instancia de Paelsa Sevilla, S.L., contra José Agustín Bonilla Bernal sobre Contratos en general, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juzgado de Primera Instancia núm. Uno, Cádiz.
Autos: Juicio Ordinario núm. 1212/2017.
SENTENCIA
En Cádiz, a dieciocho de febrero de dos mil diecinueve.
Vistos por el Ilmo. Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno, de esta ciudad los presentes autos de juicio declarativo ordinario núm. 1212/2017 instados por el Procurador don Félix del Valle Vigón en nombre y representación de Paelsa Sevilla, S.L., bajo la dirección letrada de doña María Bonilla Damunt, contra don José Agustín Bonilla Bernal, sobre reclamación de cantidad ......
…... Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Félix del Valle Vigón en nombre y representación de Paelsa Sevilla, S.L., debo condenar y condeno a don José Agustín Bonilla Bernal a abonar a la parte actora la cantidad de siete mil ochocientos setenta y siete euros con cincuenta y seis céntimos (7.877,56 €), más el interés legal devengado desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con imposición de las costas causadas a la entidad demandada.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz.
Se hace saber a las partes que para la admisión a trámite del recurso que pudieren interponer contra la presente resolución, deberán constituir el Depósito en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado que previene el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (BOE núm. 266, de 4 de noviembre de 2009), sin cuyo requisito no será admitido a trámite el recurso.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Agustíin Bonilla Bernal, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a treinta de julio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Descargar PDF