Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 17/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 26 de septiembre de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 585/2019.

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Procedimiento: 585/19. Ejecución de títulos judiciales 585/2019. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20160008415.

De: Don Antonio Valle Quiles.

Abogado: Emilio Lechuga Pereira.

Contra: Soltec Jardinería, S.L.

EDICTO

Doña Yolanda Valdivielso García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 585/2019 a instancia de la parte actora don Antonio Valle Quiles contra Soltec Jardinería, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 26.9.19 del tenor literal siguiente:

DECRETO 578/2019

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a. Yolanda Valdivielso García.

En Sevilla, a veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Antonio Valle Quiles ha presentado demanda de ejecución frente a Soltec Jardinería, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 9.7.19 por un total de 5.945,83 € en concepto de principal más la de 1.189,16 € presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la  Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

Declarar al/a los ejecutado/s, Soltec Jardinería, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 5.945,83 € de principal más la de 1.189,16 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes

Notifíquese la presente resolución

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Soltec Jardinería, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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