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Con fecha de 10 de septiembre de 2019, se dicta Resolución por el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Cultura y Patrimonio Histórico, por la que se resuelve recurso de alzada interpuesto por don Espiridión Tascón López, en calidad de representante de la entidad Rector Merina, S.L., contra la Resolución de 30 de junio de 2009, de la entonces Delegación Provincial de Cultura en Sevilla.
Intentada sin efecto la notificación personal de la citada resolución a don Espiridión Tascón López, representante de la entidad Rector Merina, S.L., en calidad de interesado en el citado procedimiento, procede efectuar la notificación prevista en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 46 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se indica al interesado que dispone de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para conocer el texto íntegro de la referida resolución y constancia de su conocimiento, compareciendo al efecto en las dependencias de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, sitas en la calle San José, número 13, en horario de 9 a 14 horas.
Transcurrido dicho plazo, o tras la comparecencia del interesado, si ésta tuviera lugar, comenzará a computarse el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1 (regla primera) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de octubre de 2019.- La Secretaria General Técnica, María de la Luz Fernández Sacristán.
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