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BDNS (Identif): 478119.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el periodo 2019-2020 la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, en la cuantía máxima de 1.100.000 euros.
Las ayudas se financiarán al 90% con cargo al Fondo Europeo Agrícola y de Desarrollo Rural (FEADER) y al 10% con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las partidas presupuestarias de la anualidades 2019, 2020 y 2021 a las que se imputarán las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las ayudas, será la siguiente:
- Transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos a través de la celebración de certámenes agroganaderos en Andalucía (operación 1.2.3).
MEDIDA | Partida presupuestaria | 2019 | 2020 | 2021 |
C12A0123G1 | 1300110000G/71B/78202/00C12A0123G1 2016000424 | 20.000 | 230.000 | 200.000 |
C12A0123G1 | 1300110000G/71B/76000/00C12A0123G1 2016000755 | 20.000 | 230.000 | 200.000 |
Total fondo 900.000 euros |
- Transferencia de conocimientos e información a agricultores a través de la celebración de certámenes agrícolas relacionados con el olivar en Andalucía (operación 1.2.1).
MEDIDA | Partida presupuestaria | 2019 | 2020 | 2021 |
C12A0121GO | 1300110000G/71B/78202/00 C12A0121GO 2016000421 | 20.000 | 40.000 | 40.000 |
C12A0121GO | 1300110000G/71B/76000/00 C12A0121GO 2016000756 | 20.000 | 40.000 | 40.000 |
Total fondo 200.000 euros |
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas líneas de ayuda:
- Los Ayuntamientos y Entidades Locales andaluzas que puedan prestar el servicio de transferencia de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecidos en las bases reguladoras.
- Entidades sin ánimo de lucro, que puedan prestar el servicio de transferencia de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecido en las bases reguladoras.
Para la operación 1.2.3 (actuación certámenes agroganaderos), los destinatarios finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector agrario, alimentario y forestal, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales.
Para la operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas de olivar), los destinatarios finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector del olivar, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales de los territorios de olivar.
Tercero. Objeto.
Fomento de actuaciones que redundan en la transferencia de conocimientos e información relevantes para el sector agrario a través de la celebración de certámenes agroganaderos, de forma general y específicamente en el sector del olivar.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 4 de mayo de 2016 (BOJA núm. 87, de 10 de mayo de 2016), por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 1.2), modificada mediante la Orden de 31 de julio de 2017 (BOJA núm. 150, de 7 de agosto de 2017), y por la Orden de 3 de octubre de 2019 (BOJA núm. 196, de 10 de octubre de 2019).
Quinto. Cuantía.
El importe total de la presente convocatoria para cada tipo de operación 1.2.3 (actuación certámenes agroganaderos) y operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas de olivar) se establece en el apartado primero del presente extracto. Cada entidad podrá ser beneficiaria de ayuda para 3 certámenes al año. La cuantía de la subvención se determinará a partir del número de expositores de medios de producción agrarios y las jornadas que se realicen en el mismo. Se diferencian los siguientes tipos de certámenes siendo su cuantía máxima:
1. Certamen ganadero tipo A. Cuantía máxima: 7.500 euros.
2. Certamen ganadero tipo B. Cuantía máxima: 20.000 euros.
3. Certamen ganadero tipo C. Cuantía máxima: 48.000 euros.
4. Certamen agrícola tipo A. Cuantía máxima: 7.500 euros.
5. Certamen agrícola tipo B. Cuantía máxima: 20.000 euros.
6. Certamen agrícola tipo C. Cuantía máxima: 40.000 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 18 de octubre de 2019.- La Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, Ana María Corredera Quintana (por delegación de firma de la Consejera, Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019).
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