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De conformidad con lo establecido en las bases 7.4 y 8.1.1 del Anexo I de la Resolución de esta Dirección General de Profesionales de 21 de septiembre de 2016 (BOJA núm. 183, de 22 de septiembre), por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Enfermero/a, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, evaluadas las pruebas selectivas indicadas en las bases 1.1.a) y 1.1.b) de la convocatoria por parte del correspondiente Tribunal Calificador de conformidad con la plantilla definitiva; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 208/2015, de 14 de julio (BOJA núm. 136, de 15 de julio), por el que se establece la estructura de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Resolución de la fase de oposición.
Aprobar, a propuesta del respectivo Tribunal Calificador, la relación de personas aspirantes que superan la fase de oposición de Enfermero/a convocadas por el sistema de promoción interna.
Segundo. Publicación de las listas de personas aspirantes que superan la fase de oposición.
Anunciar que las listas de personas aspirantes que superan la fase de oposición, ordenadas alfabéticamente, se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con indicación de la puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada una de las dos pruebas en que consiste la fase de oposición. La persona aspirante que no figure incluida en dichas listas tiene la consideración de no apta.
Tercero. Inicio de la fase de concurso.
Iniciar, de conformidad con lo establecido en las bases 1.2 y 8.1.1 de la convocatoria, la fase de concurso. Esta consistirá en la valoración por el Tribunal Calificador correspondiente de los méritos autobaremados y acreditados por las personas aspirantes conforme al baremo contenido en el Anexo II de la resolución de convocatoria por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Enfermero/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud de 21 de septiembre de 2016 (BOJA núm. 183, de 22 de septiembre).
Cuarto. Presentación del autobaremo.
Aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de 15 días hábiles, desde el 26 de febrero hasta el 19 de marzo de 2019, para el alta de los nuevos méritos en el sistema informático de Currículum digital a través de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC).
A continuación, presentarán el Autobaremo de méritos en el plazo de 15 días hábiles, desde el 20 de marzo al 9 de abril de 2019, ambos inclusive, al que se anexarán los méritos que acrediten dicho Autobaremo alegado. Durante este plazo la persona aspirante podrá continuar dando de alta los nuevos méritos en el sistema informático de Currículum digital a través de la VEC, y anexarlos hasta la finalización del mismo.
Finalizado dicho plazo, la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de Salud requerirá de las personas aspirantes que acrediten los requisitos de acceso establecidos en las bases de la convocatoria.
De conformidad con lo establecido en la base 8.3 de la convocatoria, el autobaremo de méritos vinculará al Tribunal Calificador correspondiente, en el sentido de que el mismo solo podrá valorar los méritos que hayan sido alegados y autobaremados por las personas aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la consignada por los mismos en cada uno de los apartados del baremo de méritos contenido en el Anexo II, salvo errores aritméticos.
Quinto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de enero de 2019.- La Directora General, Celia Gómez González.
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