Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00164071.
La disposición final primera del Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, establece que por orden de la Consejería competente en materia de comercio interior se aprobará cada cuatro años un Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía (en adelante VI PIFCIA) cuyos objetivos serán, entre otros, la modernización de las pequeñas y medianas empresas, fomentar el asociacionismo comercial y mejorar la cualificación profesional y de gestión de los recursos humanos del sector, debiendo ser sus líneas básicas debatidas previamente en el Parlamento Andaluz. El Consejo de Gobierno, por Acuerdo de 26 de marzo de 2019, toma conocimiento del inicio de las actuaciones necesarias para la elaboración del VI Plan Integral del Comercio Interior en Andalucía 2019-2022; y la Viceconsejería de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, con fecha 27 de mayo de 2019, dicta Acuerdo de inicio del expediente administrativo relativo a la Orden del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por el que se aprueba la formulación del VI Plan Integral de Comercio 2019-2022.
La Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, es el órgano competente para su tramitación, conforme establecen los artículos 28.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y 5.2.h) del Decreto 104/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad.
El presente trámite de información pública se realiza con la finalidad de que cualquier persona, física o jurídica, pueda conocer y realizar alegaciones u observaciones, si lo estiman conveniente, al proyecto normativo.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en los artículos 133.2 y 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y 13.1.c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se aprueba el VI Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía 2019-2022, durante el plazo de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El texto del proyecto normativo quedará expuesto para su general conocimiento:
a) En formato papel, en la sede de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, sita en calle Johannes Kepler, núm. 1, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
b) En formato digital, en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiaconocimientoempresasyuniversidad/ servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la acreditación de la constitución y representación de los mismos, y se presentarán:
a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico participanormas.ceceu@juntadeandalucia.es.
b) En formato papel, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (teniendo en cuenta lo previsto en la disposición final séptima de dicha Ley), así como el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de octubre de 2019.- El Secretario General, Manuel Ortigosa Brun.
Descargar PDF