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El Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 22 de mayo de 2017 ha modificado el artículo 18 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía estableciendo que el proceso de selección del personal laboral temporal se llevará a cabo mediante una Bolsa Única común por categorías profesionales para todo el ámbito de aplicación del Convenio.
La implantación de la nueva Bolsa Única exige la realización de unas nuevas tareas de gestión y baremación que no pueden ser realizadas por los puestos de trabajo actualmente existentes por lo que se hace necesaria la creación en la Secretaría General para la Administración Pública y en la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el ámbito de la organización central, y en las Delegaciones del Gobierno, en el ámbito de la estructura territorial provincial, de aquellos puestos de trabajo que resultan imprescindibles para el desarrollo de las tareas encomendadas.
Asimismo, la gestión de la Bolsa Única, que se realizará través de procesos tramitados de forma telemática, implica un incremento de las necesidades de soporte técnico a los mismos por lo que resulta imprescindible también la creación de los correspondientes puestos de trabajo en el área técnica de informática.
Por otro lado, se crean en distintas unidades administrativas de la la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública aquellos puestos de trabajo cuya necesidad se ha evidenciado en el desarrollo de las funciones correspondientes a las respectivas unidades.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financieras, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria, que será aprobada de acuerdo con lo previsto en los apartados 5 y 6 del artículo 26 de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de octubre de 2019.
DISPONGO
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, queda modificada en los términos indicados en el anexo del presente decreto. A efectos de lo previsto en el último párrafo del artículo 26.5 de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019, la presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria, en los términos indicados asimismo en el citado anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de octubre de 2019
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
ELÍAS BENDODO BENASAYAG | |
Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior |