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Procedimiento: 431/19.
Ejecución de títulos judiciales 431/2019. Negociado: 04.
NIG: 2906744420180014836.
De: Doña Gema Sánchez Mata.
Contra: Adilnousa, S.L.U.
EDICTO
Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 431/2019 a instancia de la parte actora doña Gema Sánchez Mata contra Adilnousa, S.L.U., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 15.10.2019 del tenor literal siguiente:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Gema Sánchez Mata con la empresa por Adilnousa, S.L.U., a fecha 15.10.2019, condenando a esta a que abone a aquella las cantidades siguientes:
Nombre trabajador: por Gema Sánchez Mata.
Indemnización: 2.175,36 euros.
Salarios de tramitación: 15.326,4 euros.
Y para que sirva de notificación al demandado Adilnousa, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a dieciséis de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada soólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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