Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 11/11/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 4 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el transporte por carretera de viajeros o de mercancías y se determina la composición de los Tribunales Calificadores, así como fechas, horarios y lugares de celebración de las pruebas para 2020.

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La competencia profesional constituye uno de los requisitos necesarios para ejercer la profesión de transportista por carretera según dispone el Reglamento (CE) núm. 1071/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera. La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, determina igualmente en sus artículos 43 y 119 que para el ejercicio de las actividades del transporte por carretera, será necesario acreditar el cumplimiento del citado requisito.

Estos preceptos han sido desarrollados por el Capítulo Primero del Título II del Reglamento de la citada ley, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, y por la Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999.

Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por delegación de la Administración del Estado, la convocatoria de las pruebas correspondientes.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, pruebas de constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades siguientes:

1.º Transporte de viajeros por carretera.

2.º Transporte de mercancías por carretera.

Quienes pretendan obtener la competencia profesional necesaria para el ejercicio de las actividades del transporte por carretera de mercancías o de viajeros, deberán examinarse del grupo de materias relativas a la actividad correspondiente.

Las pruebas se celebrarán al amparo de lo establecido en el artículo 8 del Reglamento (CE) núm. 1071/2009, artículo 13 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, y conforme a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y disposiciones complementarias de aplicación, Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, y la Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999, así como por lo establecido en la presente Resolución.

Segundo. Normas generales para la realización de las pruebas.

La realización de las pruebas se ajustará a las siguientes bases:

Base primera. Contenido de las pruebas.

1. Los aspirantes a la obtención del Certificado de Competencia Profesional deberán superar un ejercicio que versará sobre el contenido de las materias que quedan detalladas en el Anexo B (Grupos I y II, según se trate, respectivamente, de la modalidad correspondiente al transporte de mercancías o al de viajeros) de la Orden de 28 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado del día 11 de junio de 1999).

2. El ejercicio constará de dos partes:

La primera parte consistirá en contestar 100 preguntas tipo «test», cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas. La contestación deberá realizarse siguiendo las instrucciones señaladas en la hoja de respuestas para facilitar la corrección automatizada.

La segunda parte consistirá en resolver seis supuestos prácticos que requieran la aplicación de las materias del programa a casos concretos.

3. Duración: El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas de las que consta el examen será de dos horas, sin que pueda abandonarse el aula hasta la finalización de ambos ejercicios.

Base segunda. Calificación del ejercicio.

1. Los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, de acuerdo con la siguiente valoración:

- En la primera parte, las preguntas tipo «test» correctamente contestadas se valorarán con 0,04 puntos cada una, mientras que las erróneas restarán 0,02 puntos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente.

- En la segunda parte, la contestación a cada supuesto práctico se valorará entre 0 y 1 punto.

2. Para aprobar el ejercicio será necesario obtener una puntuación no inferior a 2 en la primera parte ni a 3 en la segunda, y que la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes sea igual o superior a 6.

Base tercera. Solicitudes, plazos de presentación y pago de la tasa.

1. La presentación de la solicitud y el pago de la tasa deberá realizarse de forma telemática, por aplicación del artículo 56 de la Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, a través de la dirección web de la Consejería de Fomento, Infraestructuas y Ordenación del Territorio, Áreas de Actividad, Servicios de Transporte, Servicios al Profesional Transportista, Competencia Profesional.

2. Los aspirantes deberán hacer efectivo para la modalidad a la que se presente (mercancías o viajeros) en una de las provincias de examen de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el pago de la tasa correspondiente cuyo importe para 2019 es de 20,84 €; para 2020 será la cuantía exigible para el año 2019, más el coeficiente de revisión, de acuerdo con lo que establezca la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, cuando el plazo de presentación de solicitudes correspondiente transcurra en el mismo, a través del modelo 046. De acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, y posterior modificación mediante la Ley 3/2019, de 22.7, de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2019, el pago de la tasa por medios electrónicos, obtendrá una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar, y las posibles modificaciones para el año 2020.

3. Los aspirantes podrán presentar una solicitud para una provincia de examen y para una de las modalidades convocadas (mercancías o viajeros)

Para realizar los trámites telemáticos de presentación de la solicitud y pago de la tasa, los aspirantes deberán disponer de certificado digital en la forma establecida en el Decreto 183/2003, de 24 de junio (BOJA núm. 134, de 15 de julio).

4. A lo largo del año 2020 se realizarán dos convocatorias por provincia. El plazo del que dispondrán los aspirantes para la presentación de las solicitudes será el siguiente:

1.ª Convocatoria: Del 13 de noviembre al 12 de diciembre de 2019.

2.ª Convocatoria: Del 2 de marzo al 1 de abril de 2020.

5. A los aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los listados de admitidos/excluidos y aprobados.

Base cuarta. Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en las pruebas de competencia será necesario, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Tener la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure empadronado.

2. Estar en posesión, de uno de los títulos exigibles en el Anexo II del Real Decreto 1211/1990 de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de Transportes Terrestres, que en su artículo 4.1 dice: «En aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 del Reglamento (CE) 1071/2009, únicamente podrán concurrir al examen las personas que acrediten hallarse previamente en posesión de uno de los siguientes títulos de formación: Título de Bachiller o equivalente; Título de Técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de Grado Medio, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido; Título de Técnico Superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de Grado Superior, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido; Cualquier título acreditativo de haber superado una enseñanza Universitaria de Grado o Postgrado».

Con la presentación de la solicitud para la admisión a las pruebas, el interesado declara cumplir las dos condiciones indicadas en esta base cuarta.

En el caso de la titulación exigible para la presentación a las pruebas; se aportará original y fotocopia para su compulsa, una vez aprobadas las pruebas, y ante el Tribunal de examen de la provincia donde el interesado las haya realizado.

Base quinta. Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, cada Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva la exclusión. Dicha Resolución se hará pública en la dirección web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Áreas de Actividad, Servicios de Transporte, Servicios al Profesional Transportista, Competencia Profesional.

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar el defecto observado.

Base sexta. Tribunales Calificadores.

Existirán ocho Tribunales (uno por cada provincia) en la Comunidad Autónoma, siendo la composición de los mismos la siguiente:

PROVINCIA DE ALMERÍA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª María del Mar Sánchez Frías.

Secretario: D. Antonio González Jiménez.

Vocales: D.ª Ana M.ª Pelegrín Sánchez.

D.ª M.ª del Rosario Albertus Torres.

D. José Miguel Mesa Olea.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Antonio González Jiménez.

Secretario: D. José Miguel Mesa Olea.

Vocales: D.ª Ana Belén Montero Rodríguez.

D. Serafín Hernández Sánchez.

D. Antonio Requena Pérez.

PROVINCIA DE CÁDIZ

Tribunal Titular

Presidente: D. Antonio Aragón García.

Secretaria: D.ª M.ª de los Ángeles Sánchez García.

Vocales: D. Antonio Pacios Besusán.

D. Ángel Pérez Hernández.

D.ª Ana Chico Durán.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª M.ª de las Nieves Carrera Suárez.

Secretario: D. Francisco Javier Gallego Naranjo.

Vocales: D. Antono Fernández Ruiz.

D. César Lázaro Remiro.

D.ª M.ª del Pilar Flores Flores.

PROVINCIA DE CÓRDOBA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª M.ª Dolores Duro Almazán.

Secretario: D. Jesús Garrido Castillo.

Vocales: D.ª Ana Belén Quintana Jiménez.

D. Manuel Cobos Ruiz.

D. Manuel Delgado Velasco.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª Ana Belén Quintana Jiménez.

Secretario: D. Manuel Delgado Velasco.

Vocales: D. Manuel Mora Diéguez.

D. Francisco Ortega Polo.

D.ª Inmaculada Pérez Redondo.

PROVINCIA DE GRANADA

Tribunal Titular

Presidente: D. José Luis Lopezosa Mora.

Secretario: D. Guillermo Esteban García.

Vocales: D. Francisco Barrales León.

D. Carlos Díez Baro.

D. Juan Manuel Rodríguez Lupiáñez.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Francisco Barrales León.

Secretario: D. Jesús Bullejos Santisteban.

Vocales: D.ª Inmaculada Jiménez Palma.

D.ª M.ª Jose Ortega Ocaña.

D. Luis Martínez Martines.

PROVINCIA DE HUELVA

Tribunal Titular

Presidente: D. Miguel Ángel Moreno de Monteverde.

Secretario: D. Luis Silvera Nevado.

Vocales: D. Miguel Ángel Salas Rodríguez.

D.ª Rafaela Lepe Márquez.

D.ª Ana M.ª Ligero Malaver.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª M.ª del Carmen Serrano Macías.

Secretaria: D.ª M.ª José de la Rosa Díaz.

Vocales: D.ª Mercedes Rodríguez Pérez.

D.ª M.ª Luisa García Mora.

D.ª Rocío Muñoz González.

PROVINCIA DE JAÉN

Tribunal Titular

Presidente: D. Luis Miguel Millán Cantero.

Secretaria: D.ª Ana María Armenteros Sánchez.

Vocales: D.ª M.ª Isabel Martínez Viedma.

D.ª Marina Isabel Paterna Pérez.

D.ª María de los Ángeles Muñoz Navarrete.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Pedro González Amézcua.

Secretario: D. Rafael Segovia Pérez.

Vocales: D.ª Ana María Pérez Cruz.

D. Enrique Pascual López.

D. Manuel Ceballos Fuentes.

PROVINCIA DE MÁLAGA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª Raquel del Paso Reguera.

Secretaria: D.ª Encarnación Silva Cortés.

Vocales: D.ª María Josefa Porras Lobato.

D. Salvador Blanco Martín.

D. Juan José Pastrana Paneque.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª Encarnación Silva Cortés.

Secretaria: D.ª M.ª Josefa Porras Lobato.

Vocales: D.ª M.ª Victoria García Sabio.

D.ª Julia Gallurt Ranea.

D.ª M.ª Isabel Frías Velasco.

PROVINCIA DE SEVILLA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª Luz María Romero García.

Secretaria: D.ª María Jesús Ramos Juan.

Vocales: D.ª María Dolores Arriaza Barrera.

D.ª Inmaculada Membrive Domene.

D. Francisco Javier Jiménez Horgue.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Antonio Delegado Espada.

Secretaria: D.ª Auxiliadora Núñez Pérez.

Vocales: D.ª Ana Isabel Muñoz Murillo.

D. Antonio Rosa Félix.

D.ª Francisca Triguero Ogayar.

La sede de cada Tribunal estará en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de cada una de las provincias de Andalucía.

Base séptima. Fechas y horarios de los ejercicios.

1.ª Convocatoria: Transporte de Viajeros y Mercancías por Carretera.

Fecha: Sábado, 25 de enero de 2020.

Horario: De 9:00 horas a 13:00 horas.

2.ª Convocatoria: Transporte de Viajeros y Mercancías por Carretera.

Fecha: Sábado, 9 de mayo de 2020.

Horario: De 9:00 horas a 13:00 horas.

Base octava. Lugares de celebración de los ejercicios.

- ALMERÍA: Aulario núm. III. Universidad de Almería.

Campus Universitario de la Cañada de San Urbano.

04120 Almería.

- CÁDIZ: Colegio San Felipe Neri.

Avda. Andalucía, 82.

11008 Cádiz.

- CÓRDOBA: Universidad Andaluza Loyola.

C/ Escritor Castilla Aguayo, núm. 4.

14004 Córdoba.

- GRANADA: Facultad de Ciencias.

C/ Doctor Severo Ochoa, s/n.

Campus Universitario de Fuente Nueva.

18001 Granada.

- HUELVA: Campus del Carmen de la Universidad de Huelva. Edificio Galileo.

Avda. de las Fuerzas Armadas, s/n.

21007 Huelva.

- JAÉN: Universidad de Jaén.

Paraje Las Lagunillas, s/n.

23009 Jaén.

- MÁLAGA: Instituto de Educación Secundaria num. 1, Universidad Laboral.

C/ Julio Verne, 6.

29190 Málaga.

- SEVILLA: Facultad de Matemáticas de la Universidad de Sevilla.

Avda. Reina Mercedes s/n.

41012 Sevilla.

Base novena. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.

Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos de documento oficial en vigor acreditativo de su identidad con fotografía (DNI/NIE, permiso de conducir o pasaporte). Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante para la realización de las pruebas.

Para la correcta realización de los correspondientes ejercicios los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo, pudiendo llevar asimismo máquinas calculadoras al objeto de efectuar las operaciones matemáticas que resulten necesarias.

Base décima. Listas de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones.

Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, los Tribunales Calificadores dictarán resolución por la que se declararán aptos provisionales a los aspirantes que hubieran superado las pruebas, y que para ser aptos definitivos deberán aportar el original y una copia para su compulsa de la titulación exigida en la base cuarta.

Las resoluciones de aptos provisionales y de aptos definitivos se públicarán en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en Áreas de Actividad, Servicios de Transporte, Servicios al Profesional Transportista, Competencia Profesional.

Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de tal resolución en la página web indicada, para solicitar la revisión de su examen. El lugar de presentación de dicha solicitud, será en la sede del Tribunal de la provincia de examen de la persona solicitante, que estará en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de cada una de las provincias de Andalucía. De igual forma a los declarados aptos tras el plazo de alegaciones, se aplicará lo indicado en la base cuarta.

Una vez resueltas las reclamaciones, los Tribunales publicarán la lista definitiva de aspirantes aptos en la Web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Contra la resolución que haga pública la aprobación del listado definitivo de aspirantes aptos se podrá interponer recurso de alzada en la forma y tiempo establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tras la publicación de la lista definitiva de aspirantes declarados aptos en las pruebas, la Dirección General de Movilidad, en un plazo máximo de tres meses, contados desde el día de la celebración de los ejercicios, procederá a la inscripción de los aspirantes aptos en el Registro de empresas y actividades del transporte del Ministerio de Fomento, y a la expedición de los correspondientes Certificados de Competencia Profesional. Para la recogida de dichos certificados, los interesados, se dirigirán a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, de la provincia de realización de las pruebas. En todos los casos se deberá abonar previamente la tasa de expedición del título, cuyo importe para el año 2019 es de 20,84 €, y que para el 2020, se verá incrementada por el coeficiente de revisión, de acuerdo con lo que establezca la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2020, en ambos casos el abono será mediante el modelo 046. Si el mismo se efectúa por procedimientos electrónicos, el interesado podrá aplicar una reducción de 3 € por pago de tasa, de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, y posterior modificación mediante la Ley 3/2019 de 22.7, de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2019, y las posibles modificaciones para el año 2020.

Tercero. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a los interesados interponer recurso de alzada ante la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Contra las resoluciones del Tribunal únicamente cabrán los recursos administrativos regulados en los referidos textos legales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 4 de noviembre de 2019.- El Director General, Mario Muñoz-Atanet Sánchez.

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