Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 18/11/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Acuerdo de 12 de noviembre de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia de Promoción de una Vida Saludable en Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 10.3.7.º, establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el de la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas. Por otra parte, su artículo 22.3, dispone que las personas que padezcan enfermedades crónicas y las que pertenezcan a grupos específicos reconocidos sanitariamente como de riesgo, tendrán derecho a actuaciones y programas sanitarios especiales y preferentes. Por último, el artículo 55.2 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia compartida, entre otras, de la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.

Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud establece, en su artículo 1, como una de las competencias de la Consejería la de ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud.

Las enfermedades crónicas no transmisibles matan a 40 millones de personas cada año, lo que equivale al 70% de las muertes que se producen en el mundo. Esta situación adquiere una especial relevancia si consideramos que los factores determinantes que las provocan son evitables; que las estrategias de promoción de la salud cuentan con evidencias para frenar y, a largo plazo, invertir estas condiciones; y que el fomento de estilos de vida saludables conduce a ganancias de salud a un coste mucho más bajo que el tratamiento médico de cualquiera de los grupos de riesgo y de las enfermedades asociadas.

Conseguir el máximo potencial de salud es un proceso que se desarrolla a lo largo de toda la vida, en función de la edad y etapa vital en la que se encuentra la persona y las condiciones en las que vive. Por este motivo, el abordaje por entornos conlleva no sólo cuidar las características físicas, sino también los aspectos funcionales que rigen la actividad en el contexto donde las personas desarrollan su vida diaria.

El enfoque universal actual de la promoción de la salud abarca a toda la población, independientemente de la presencia o ausencia de problemas de salud, complementando las actuaciones dirigidas a paliar los déficits con aquellas que potencian los factores protectores y facilitadores del proceso de ganancia en salud, teniendo en cuenta las fortalezas, capacidades y activos para la salud de las personas y las comunidades. Asimismo, aborda de manera integral el bienestar físico, mental y social, si bien hasta el momento se ha centrado más intensamente en el componente físico, habiendo contribuido, junto con la mejora de las condiciones generales de vida y la salud pública, a un gran aumento de la esperanza de vida.

La actuación sobre los determinantes implica, además, la asunción del enfoque de salud en todas las políticas; el protagonismo de las Administraciones Locales; el abordaje de las desigualdades para reducir el gradiente social de la salud, incluyendo la inequidad en salud por razón de género; y el enfoque inclusivo para favorecer la participación de todas las personas, grupos sociales y minorías, resaltando el valor de la diversidad y el respeto a las cuestiones éticas, étnicas y culturales.

En la actualidad, uno de los principales problemas de salud pública es la obesidad, que está condicionada por más de 100 factores que configuran una alimentación no saludable, un bajo nivel de actividad y ejercicio físico, un incremento del sedentarismo y uso de pantallas, y una mala calidad del sueño. En Andalucía, esta problemática adquiere una relevancia especial, así 3 de cada 10 menores tiene exceso de peso, cerca del 40% de las gestantes tienen problemas de peso en el embarazo y la mitad de la población adulta tiene sobrepeso u obesidad.

La evidencia científica pone de manifiesto que las intervenciones de carácter individual en el sistema sanitario no son suficientes para abordar un problema tan complejo como el de la obesidad, con numerosos factores determinantes que tienen que ver con los estilos de vida de la población, el urbanismo, los entornos laborales, escolares, de publicidad, de oferta alimentaria, etc...

La Consejería de Salud y Familias, en virtud de lo establecido en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, y en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la responsabilidad de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma Andaluza. En su artículo 33, se establece que de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.

El IV Plan Andaluz de Salud establece entre sus metas conseguir mayores niveles de salud con las acciones contempladas en los planes integrales y las estrategias de salud priorizadas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA); potenciar la acción social e intersectorial en el abordaje de las condiciones de vida y los determinantes de salud de mayor impacto en la esperanza de vida en buena salud de la población; promover hábitos y entornos de vida saludable; e identificar y desarrollar los activos que promueven salud y generan bienestar en la población andaluza.

Desde la publicación en 2004 de la Estrategia de la Organización Mundial de la Salud sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud, se han venido desarrollando diferentes estrategias y planes tanto a nivel mundial como europeo y nacional, destacando por su relevancia el Plan de Acción Global para la Prevención y Control de las Enfermedades No Transmisibles 2013-2020 y en España, la Estrategia para la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad (NAOS).

En Andalucía, la Consejería competente en materia de salud puso en marcha en 2004 el Plan para la Promoción de la Actividad Física y la Alimentación Equilibrada (PAFAE) y posteriormente, en 2007, el Plan Integral de Obesidad Infantil de Andalucía (PIOBIN), siendo sus principios rectores, prioridades y ámbitos de actuación coherentes con las estrategias nacionales e internacionales ya señaladas. Partiendo del papel jugado por ambas iniciativas, y de manera complementaria por otros planes integrales y programas de promoción de la salud, en el abordaje de los determinantes relacionados con el sobrepeso y la obesidad, con actuaciones en los entonos de vida y la implicación de las diferentes administraciones, se precisa de un nuevo impulso de las administraciones públicas para seguir reduciendo el sobrepeso y la obesidad en Andalucía, pero en este caso desde una perspectiva más global, integradora y transversal, que aborde, junto a la actividad física y la alimentación saludable, el fomento de otros hábitos y comportamientos relacionados con una vida saludable a lo largo de la vida.

Es por ello que resulta necesaria la articulación de una estrategia intersectorial de promoción de hábitos saludables que respalde y armonice las actuaciones a realizar en este ámbito por parte de las diferentes consejerías y organismos de la Junta de Andalucía, y de manera específica, de los distintos planes integrales, estrategias y programas de salud desarrollados e implantados por la Consejería de Salud y Familias y el Servicio Andaluz de Salud, con la finalidad de lograr mayores cotas de salud y bienestar en la población andaluza.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de noviembre de 2019, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Formulación de la Estrategia de Promoción de una Vida Saludable en Andalucía.

Se aprueba la formulación de la Estrategia de Promoción de una Vida Saludable en Andalucía (en adelante la Estrategia), cuya coordinación, elaboración y aprobación se realizará conforme a las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad.

La Estrategia tiene la finalidad de mejorar la salud y el bienestar de la población andaluza, mediante la articulación de medidas intersectoriales que favorezcan la adquisición y mantenimiento de los hábitos de vida saludable relacionados, preferentemente, con la alimentación, la actividad física, el sueño, el bienestar emocional, la sexualidad y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

Tercero. Objetivos.

La Estrategia pretende, inicialmente, la consecución de los siguientes objetivos:

a) Promover los hábitos de vida saludables en toda la población y edades, mediante intervenciones en todas las políticas y entornos.

b) Impulsar la identificación, desarrollo y dinamización de los activos comunitarios que facilitan una vida saludable en Andalucía, potenciando, a su vez, los activos personales de la población para que puedan afrontar el día a día con mayores cotas de bienestar.

c) Potenciar la colaboración y la coordinación entre los diferentes planes y programas en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Andalucía, así como a nivel intersectorial entre las distintas administraciones y entidades ciudadanas de Andalucía, con la finalidad de aunar esfuerzos y armonizar las actuaciones destinadas a fomentar los hábitos saludables de la población.

d) Fomentar una mayor responsabilidad social ante la salud por parte del sector empresarial, para crear condiciones que favorezcan unos hábitos saludables, así como un consumo justo y sostenible entre la población.

e) Sensibilizar y facilitar información veraz a la ciudadanía sobre los beneficios de una vida saludable, y proteger a la población, y en especial, a los grupos más desfavorecidos, frente a la información errónea, la publicidad y el patrocinio de alimentos y bebidas no saludables, así como de otros productos y campañas comerciales perjudiciales para la salud.

f) Estimular y apoyar la gestión del conocimiento, la investigación y la innovación en el área de la promoción de hábitos de vida saludables, así como su relación con la prevención de enfermedades crónicas.

Cuarto. Contenido.

La Estrategia incluirá, al menos, los siguientes contenidos:

a) Evidencias y recomendaciones de organismos internacionales y sociedades científicas sobre los hábitos de vida saludable que promoverá la Estrategia.

b) Modelos, paradigmas y enfoques teóricos que fundamentan la Estrategia.

c) Marco normativo y estratégico en el que se asienta la Estrategia, incluyendo aquellos planes y programas que interactuarán con la misma.

d) Elementos organizativos, de coordinación y de gobernanza para la gestión de la Estrategia.

e) Misión, visión y principios orientadores de la Estrategia.

f) Análisis de la situación, con información epidemiológica, demográfica y de estilos de vida de la población; evaluación de las actuaciones realizadas; y expectativas ciudadanas y profesionales.

g) Áreas de mejora detectadas y concreción de los objetivos generales de la Estrategia.

h) Identificación de las líneas generales de actuación, con su correspondientes objetivos operativos y actividades propuestas para su consecución.

i) Cuadro de indicadores y sistema de seguimiento y evaluación de la Estrategia.

Quinto. Proceso de elaboración y aprobación.

1. La Consejería de Salud y Familias elaborará una propuesta inicial de la Estrategia. Para ello se constituirá un grupo de trabajo, bajo la coordinación de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, en el que participarán representantes de las Consejerías competentes en materia de educación, deporte, igualdad, agricultura, fomento, movilidad y urbanismo, empleo y economía.

2. La Consejería de Salud y Familias trasladará la propuesta inicial de la Estrategia a todas las Consejerías para su análisis y aportación de propuestas.

3. La propuesta de Estrategia se someterá a la consideración de los agentes económicos y sociales más representativos, así como de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias.

4. Así mismo, la propuesta de Estrategia será sometida a información pública, por un período no inferior a un mes y previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en la web de la Consejería de Salud y Familias, así como, se recabarán los informes preceptivos necesarios.

5. Finalizadas las actuaciones anteriores, la Consejería de Salud y Familias formulará una propuesta definitiva de la Estrategia, que se elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante Acuerdo.

Sexto. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Salud y Familias para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Séptimo. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de noviembre de 2019

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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