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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Campillo de Arenas ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo, bandera e himno municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 15 de mayo de 2019, el Pleno del Ayuntamiento de Campillo de Arenas acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva del escudo, la bandera y el himno municipal con las siguientes descripciones:
Escudo: «Escudo cuartelado en cruz:
1.º De gules castillo de oro mazonado de sable y aclarado de azur.
2.º De plata león rampante de púrpura uñado y linguado de gules y coronado de oro.
3.º De oro un monte de sinople con un castillo en ruinas en su cima, de gules mazonado de sable y aclarado de oro.
4.º De gules, una espada de plata guarnecida de oro puesta en barra.
Al timbre corona real cerrada.»
Bandera: «Bandera rectangular de proporciones 2:3, formada por dos franjas verticales en proporciones ¼ y ¾ enclavadas, roja al asta y blanca al batiente con cuatro enclaves blancos y con el escudo municipal al centro de la superficie blanca.»
Himno: (letra)
«LETRA DEL HIMNO A LA VILLA DE CAMPILLO DE ARENAS
ESTRIBILLO
Paraíso y luz en la tierra
es mi pueblo, Campillo de Arenas
por él, la vida entera
y por eso le canto yo.
Un mar de olivos baña su sierra
mil batallas se dieron en ella,
eres una cuna de nobleza,
valentía y honor.
LETRAS
Sus tardes de plata
en campos llenos de esplendor,
su sierra canta una copla
que el viento mece con amor,
colores y aromas
van en mi corazón
mi alma es de aceitunero
y donde nací yo.
Frontera de reinos
los tajos de Puerta de Arenas son,
en ellos nació la historia
de un pueblo grande y luchador,
y como bandera
por siempre llevo yo
mi virgen de la Cabeza
Patrona de esta tierra
a la que amo yo.
ESTRIBILLO
Paraíso y luz en la tierra
es mi pueblo, Campillo de Arenas
por él, la vida entera
y por eso le canto yo.
Un mar de olivos baña su sierra
mil batallas se dieron en ella,
eres una cuna de nobleza,
valentía y honor.»
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 4 de noviembre de 2019, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su escudo, bandera e himno municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el apartado d) del artículo 14.1 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, modificado por el Decreto 531/2019, de 29 de agosto,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y el himno del Municipio de Campillo de Arenas (Jaén), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente, así como con la música del himno cuya partitura se adjunta como anexo.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del Municipio de Campillo de Arenas (Jaén) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 11 de noviembre de 2019.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
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