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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e intentada sin efecto la notificación personal en el domicilio que consta en el expediente, por el presente anuncio se notifica a las personas interesadas que figuran en el anexo los actos administrativos que se indican.
El texto íntegro de los mencionados actos se encuentra a disposición de las personas interesadas en la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería, sita en calle Hermanos Machado, número 4, 3.ª planta, 04004 Almería. Teléfono 950 011 000, fax 950 011 096, en donde podrán comparecer para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia del mismo.
Almería, 14 de noviembre de 2019.- La Delegada, Aránzazu Martín Moya.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
ANEXO
Relación de personas interesadas
NIF: 75229508G.
Número de expediente: 01/04/00227/16/0401/1.
Acto administrativo que se notifica: Denegación ampliación de plazo solicitado para la ejecución de las inversiones vinculadas a las ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias.
Submedida 4.1 Modernización – Genérica – Convocatoria 2016.
NIF: 74721448Z.
Número de expediente: 01/04/00618/16/0401/1.
Acto que se notifica: Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de 21 de marzo de 2019, por la que se acepta la renuncia a la ayuda a subvenciones dirigidas a las inversiones en explotaciones agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Recursos o plazo de alegaciones: Contra la misma que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. De interponer recurso de reposición se le indica que no podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta tanto no se haya resuelto expresamente aquel, o se haya producido la desestimacion presunta del mismo.
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